Prefieren preservar el vínculo comercial
Sostienen que por temor a represalias los titulares de estaciones de servicio no inician acciones legales, aun cuando se trata de un incumplimiento del contrato de abastecimiento fácilmente demostrable en la justicia y las posibilidades de obtener un fallo favorable son altas.
A diferencia de lo que ocurre en otras actividades económicas donde el comprador es quién tiene poder en la relación comercial, en la venta de combustibles se da el caso inverso: las petroleras modifican las condiciones contractuales a su conveniencia en detrimento de sus principales clientes, las estaciones de servicio.
El motivo es evidente. Cuando un expendedor no consigue renovar el contrato de suministro queda expuesto a serias dificultades para adquirir naftas y gasoil en el mercado, encima a precios más altos de los que ubican sus competidores de bandera en el surtidor. Entonces las empresas, haciendo uso de este factor de poder, van moldeando las cláusulas para ganar en rentabilidad.
“Muy pocas son las acciones legales que se inician por parte de las estaciones de servicio debido al temor a represalias de las compañías”, asegura el abogado Mario López Villagra, especialista en derecho energético.
Es por eso que en la opinión de Villagra “están disminuyendo”, a pesar de que “obviamente dependiendo de las causas y las pruebas es bastante factible ganar un juicio a una petrolera”.
Por su experiencia indica que los temas más comunes que generan conflictos en el vínculo comercial están relacionados con “la permanente variación de las condiciones de contratación”. Al momento de la renovación del contrato el operador se ve obligado a firmar nuevas exigencias, sin su consentimiento.
En el caso de YPF, por ejemplo, el experto critica que la compañía establezca el pago anticipado del combustible cuando legalmente opera bajo el sistema de consignación y por lo tanto el producto que está en el tanque pertenece a la empresa hasta que se despacha por el surtidor.
El especialista cuestiona otros cargos tales como el canon por explotación, que funciona a modo de alquiler por el uso de la marca, y la descarga en los establecimientos de la responsabilidad de los pasivos ambientales.
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