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Inspectores de la Secretaría de Industria y Comercio intiman a estaciones de GNC del AMBA por una norma firmada en 1972, generando desconcierto en el sector. Reclaman documentos inexistentes o anacrónicos, mientras los operadores señalan que cumplen con la normativa vigente y con controles periódicos establecidos por ENARGAS.
Una situación tan insólita como preocupante se vive por estos días en estaciones de carga de GNC de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el conurbano bonaerense. Inspectores dependientes de la Secretaría de Industria y Comercio, organismo bajo la órbita del Ministerio de Economía, comenzaron a realizar visitas sorpresivas con requerimientos que desconciertan a los operadores del sector. En concreto, exigen documentación amparada en un decreto firmado hace más de medio siglo, durante el Gobierno de facto del general Alejandro Agustín Lanusse.
Los funcionarios, que recorren distintas estaciones, dejan actas bajo apercibimiento de imputar a los titulares por presunto incumplimiento del Decreto 19.511 del año 1972. Según ese decreto, se debería exhibir un certificado de verificación primitiva o periódica de los surtidores. Sin embargo, lo que más llama la atención es que los inspectores, en muchos casos con escaso conocimiento técnico, solicitan verbalmente la presencia de “la chapita del INTI”, un mecanismo de control que solo aplica a los surtidores de combustibles líquidos y no al GNC.
Desde el sector rechazan estas intimaciones por considerarlas carentes de sustento legal en el contexto actual. “Estos inspectores desconocen cómo funciona el sistema de control sobre los surtidores de GNC. Piden documentos que no existen o que son irrelevantes, como los certificados primitivos de verificación, cuando lo cierto es que esos equipos tienen más de 20 años y han sido calibrados periódicamente conforme a las normativas vigentes”, señaló el consultor Luis Navas a surtidores.com.ar.
La confusión parece radicar en una interpretación literal y desactualizada del decreto, sin contemplar la evolución normativa y técnica que ha experimentado la actividad desde entonces. Desde los años 80, y particularmente desde la creación del ENARGAS en 1992, la regulación y el control de los equipos de GNC pasaron a estar bajo la órbita de ese organismo, en articulación con las distribuidoras zonales que ejercen poder de policía sobre el servicio. De hecho, todas las estaciones están obligadas a realizar calibraciones semestrales de los surtidores mediante servicios técnicos habilitados, los cuales emiten los correspondientes certificados de control.
En ese sentido, las estaciones de GNC cumplen con lo establecido por la normativa actual. Gas del Estado primero y ENARGAS después reglamentaron de forma clara y sostenida la forma en que se deben calibrar los equipos, sin que exista necesidad ni obligatoriedad de conservar documentos históricos como los certificados de verificación primitiva de hace décadas. Además, los surtidores de GNC no son verificados por el INTI, como sí ocurre con los de nafta o gasoil.
Los empresarios del sector consideran que estas inspecciones no solo generan un desgaste innecesario, sino que evidencian una falta de actualización normativa por parte del Estado. “Estamos totalmente a favor del control y la fiscalización, pero debe hacerse con conocimiento de causa y respeto por el marco normativo vigente. Lo que está ocurriendo es un abuso burocrático que genera inseguridad jurídica y un enorme gasto de tiempo y recursos”, expresó Navas.
Distintas cámaras empresarias ya comenzaron a articular acciones para poner en conocimiento a las autoridades sobre lo que consideran una “arbitrariedad administrativa”. Se espera que, en los próximos días, se eleven presentaciones formales solicitando la revisión del accionar de los inspectores y una interpretación coherente con el estado actual de la normativa.
Como sea. Es bueno que se controlen (seriamente) tanto los de nafta que llegan a cargar hasta un 10% de la capacidad del tanque y los de GNC, que normalmente debiera cargar en un vehículo 12,5m3 y hay estaciones que te cargan supuestamente 16m3 o más. RARO, NO?
Agua y ajo, ustedes votaron e hicieron campaña por estos zatrapas!!
Es pura burocracia, el reino de los inútiles, siempre obstruyendo!!
Vayan a mercedes , las estaciones de GNC son las más caras del país
La 19511 no es un decreto, es una ley.
De hecho es la Ley de Metrologia Legal que define la adopción del Sistema Metrologico Legal en Argentina tal como ha sido recomendado por la Conferencia General de Pesas y Medidas.
Esa ley tiene una serie de reglamentos que definen los instrumentos alcanzados por esa Ley.
La ultima Res. con ese alcance es la 276/2025, que incluye a la Res 88/2012 de surtidores de GNC.
La realidad es que antes de exigirle al estacionero la “vigilancia de uso” de los surtidores, se deberian aprobar los modelos por parte de los fabricanates/importadores de los surtidores.
Hasta donde el dificil acceso a “la información pública” permite conocer, no hay modelos aprobados, no hay sistemas de medicion nacioanles que brinden declaraciones de conformidad de surtidores nuevos, luego no se le puede exigir al estacionero lo que los importadores de surtidores no han cumpido.
Aún en el supuesto que esto ultimo estuviera hecho, no hay equipos portatiles en el pais para ejecutar esa “vigilancia de uso” del surtidor….
Dicho sea de paso, una Adminstración Central que permitió el ingreso por Aduana de medidores domésticos de 20 gr de presión a los que se explotan las conexiones instalados, no tiene autoridad ética para exigir a una estacion que trabaja a 250bar de presión lo que no está en condiciones de verificar.
Esto deberían hacerlo todos los meses y ante la reincidencia aplicar una sanción adecuada, 15 días de inhabilitacion, luego 1 mes y luego una intimacion de cierre y multa.
buenas tardes, tengo una estacion en Lomas de Zamora , y es tal cual como lo describen en la nota.,
esperemos que las camaras puedan lograr un avance con esta información fuera de contexto, para nosotros que tenemos tantos controles periodicamente.
gracias.
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