Activar/Desactivar Leer Página
Desde noviembre comenzará el esquema de aportes al FAL y las empresas podrán optar por vehículos individuales o colectivos. Comisiones, rendimiento, liquidez y condiciones de salida serán los factores determinantes.
Las Estaciones de Servicio tendrán que tomar una decisión antes de que comience a regir el nuevo Fondo de Asistencia Laboral: elegir quién administrará los recursos que mensualmente serán derivados al sistema.
La posibilidad surge de la Resolución General 1161/2026 de la Comisión Nacional de Valores, que contempla Productos de Inversión Colectiva de Fondos de Asistencia Laboral conformados por un único empleador o por una pluralidad de empresas.
Para los expendedores, la diferencia no será solamente administrativa. El tamaño del patrimonio, los costos de gestión, la liquidez y las condiciones de inversión pueden hacer que una alternativa resulte más conveniente que otra según las características de cada negocio.

La contadora pública Beatriz Caravias Nazar explicó a Surtidores que participar de un vehículo colectivo no implica perder la identificación de los recursos. Cada empleador conservará individualizados sus aportes y la participación que le corresponda dentro del patrimonio administrado.
“Es importante distinguir entre patrimonio colectivo y patrimonio individual del empleador. Varias empresas pueden integrar un mismo vehículo, pero cada una conserva identificados sus aportes y los rendimientos que le correspondan”, señaló la especialista.
La alternativa puede adquirir especial importancia para las PyMEs. Una Estación de Servicio independiente podría integrar un producto junto con otras compañías y acceder a una administración profesional, mientras que una empresa con mayor volumen de recursos podría evaluar la conveniencia de contar con una estructura exclusiva.
Sin embargo, la especialista en mercados de capitales advirtió que no existe una opción universalmente conveniente. “No necesariamente el vehículo colectivo será mejor ni tampoco el individual. La conveniencia dependerá del tamaño de la empresa, del volumen que acumule, de los gastos y de las condiciones que ofrezca la administradora”, sostuvo.
La normativa contempla dos instrumentos para canalizar los recursos: Fondos Comunes de Inversión Abiertos de Asistencia Laboral y Fideicomisos Financieros de Asistencia Laboral. En ambos casos, el patrimonio tendrá una afectación específica y deberá mantenerse separado de los bienes generales de los administradores.
La posibilidad de concentrar aportes de distintas compañías podría favorecer una estructura de administración con mayor volumen. Para una pequeña empresa, además, compartir determinados costos de funcionamiento podría ser un factor relevante, aunque el beneficio concreto dependerá de las condiciones comerciales que finalmente ofrezcan las entidades autorizadas.
Los gastos serán otro punto que deberán observar los estacioneros. La regulación establece un límite para los honorarios, comisiones, gastos y demás contraprestaciones vinculadas con la administración ordinaria y el funcionamiento de estos productos.
“Antes de elegir habrá que comparar cuánto cuesta administrar cada alternativa y qué servicios incluye. Una diferencia pequeña sobre el patrimonio puede adquirir relevancia cuando se acumulan aportes durante varios años”, explicó la profesional.
También será necesario analizar el grado de liquidez. El hecho de compartir un vehículo no elimina la obligación de mantener identificados los recursos de cada empresa, pero las condiciones de administración y rescate deberán ser conocidas antes de tomar la decisión.
“Hay que mirar la liquidez, el riesgo, las comisiones y la política de inversión. Para una Estación de Servicio, la posibilidad de contar con los recursos cuando corresponda será tan importante como el rendimiento”, afirmó la especialista.
Otro elemento que puede inclinar la decisión es la posibilidad de cambiar posteriormente de producto. El régimen contempla mecanismos de portabilidad que permitirán trasladar los recursos acumulados hacia otro vehículo habilitado, sujeto a las condiciones establecidas por la normativa.
Esto significa que la primera elección no necesariamente será definitiva. Una empresa podría comenzar participando de un fondo colectivo y, si con el tiempo encuentra mejores condiciones, evaluar una migración.
Para los grupos empresarios con varias bocas de expendio también aparece una alternativa particular. La normativa permite estructurar determinados vehículos para sociedades vinculadas, controlantes, controladas o bajo control común. Esto podría facilitar una administración centralizada de los recursos, aunque cada empleador deberá conservar identificada su participación.
La CNV todavía se encuentra en etapa de reglamentación. La Resolución General 1161/2026 abrió un período de consulta pública antes de la aprobación definitiva de las normas que regirán estos productos.

Por eso, para las Estaciones de Servicio la decisión no debería tomarse solamente a partir de la oferta inicial de una entidad. Será necesario comparar costos, liquidez, política de inversión, mecanismos de salida y condiciones de portabilidad.
La pregunta que aparece ahora es concreta: ¿fondo propio o vehículo compartido? Para una PyME con una nómina reducida, concentrar recursos junto a otros empleadores podría ofrecer una estructura de administración más eficiente. Una empresa con mayor volumen, en cambio, podría encontrar ventajas en una solución exclusiva.
“Lo importante es que el empresario no elija automáticamente. Tiene que comparar las alternativas y determinar cuál se adapta mejor al volumen de sus aportes y a sus necesidades futuras”, concluyó la especialista en mercados de capitales.
DEJANOS TU COMENTARIO!