Publicados en el Boletín Oficial
El Ministerio de Trabajo dio a conocer el importe correspondiente a los Convenios Colectivos 371/03 y 317/99 correspondiente a la Asociación Estaciones de Servicio (AES).
Mediante la Disposición 298/2021, publicada en el Boletín Oficial, el Misterio de Trabajo fijó el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable al Convenio Colectivo 317/99 correspondiente a la Asociación Estaciones de Servicio (AES).
De acuerdo a la citada norma legal, el monto se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
En ese sentido, la publicación refiere al acuerdo salarial suscripto entre la entidad empresaria y el Sindicato y la Federación de Empleados de Estaciones de Servicio, el cual se reproduce a continuación:
De igual modo, pero a través de la Disposición 296/2021, se determinó el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable al Convenio Colectivo 371/03.
Convinieron un aumento del 8 por ciento en diciembre y una cifra similar en febrero, ambos de carácter no remunerativos, que pasarán a integrarse al básico en marzo. La suba está en sintonía con lo firmado por las entidades empresarias FEC y FECRA.
Finalmente y tras largas e intensas negociaciones, la Federación de Empresarios de Combustibles de la República Argentina (FECRA) y el sindicato de trabajadores SOESGyPE convinieron una recomposición sobre los haberes del personal.
Se trata de la cláusula de revisión correspondiente al convenio 488/07, que es cuestionado por el resto de las Cámaras empresarias del sector por considerar que supera la inflación, en un contexto de precios de combustibles congelados desde hace más de 7 meses.