Sugieren resguardarse de la exposición al sol
El sector expendedor está incluido en los postulados de una serie de protocolos de las autoridades sanitarias ante la llegada de un período de extremas temperaturas altas en el territorio argentino.
Esta semana, se reunió el Gobierno nacional para dar respuesta a la ola de calor que se extenderá en casi todo el país y entre numerosas recomendaciones que consensuó, algunas les caben a los empleados de Estaciones de Servicio y tiendas de conveniencia.
En primer lugar, aconsejaron a los trabajadores que utilizan indumentaria específica para cumplir con su tarea, además de sumar las mascarillas y barbijos para evitar contagios como el caso de los planteles de las Estaciones de Servicio, a elevar los niveles de hidratación a por los menos 3 litros de agua por día.
Al respecto, el sanitarista Jorge Rachid que asesora al Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires y participa de las reuniones sanitarias oficiales, dijo a surtidores.com.ar que “además del agua es preciso que el playero implemente un sistema de actividad cotidiana que le permita resguardarse de la exposición al sol, especialmente cuando utiliza la ropa de trabajo que es muy pesada”.
Por ello, expresó que las Estaciones de Servicio deberían permitir un período de descanso en un lugar más fresco. “Esta práctica se utiliza en los frigoríficos, pero de manera inversa para evitar mucho tiempo de exposición al frío”, sostuvo Rachid y recordó que esta operatoria fue incluida en los acuerdos laborales del sector luego de muchos años de gestiones.
En ese mismo sentido, el médico llamó a los gremios que agrupan a los trabajadores estacioneros a pensar en reformular los convenios de trabajo, para que se agreguen artículos relacionados al cuidado de la salud en tiempos de clima extremos.
Si bien los convenios del rubro no dicen nada sobre la ola de calor, especialistas aclaran que por el Artículo 75 de la Ley de Contrato de Trabajo, el empleador debe hacer observar las pautas y limitaciones a la duración del trabajo establecidas en la ley y demás normas reglamentarias, y adoptar las medidas que según el tipo de trabajo, la experiencia y la técnica sean necesarias para tutelar la integridad psicofísica y la dignidad de los trabajadores, debiendo evitar los efectos perniciosos de las tareas penosas, riesgosas o determinantes de vejez o agotamiento prematuro, así como también los derivados de ambientes insalubres o ruidosos.
“El servicio de medicina laboral, así como el de higiene y seguridad en el trabajo tienen opinión relevante en orden a proteger la integridad física del trabajador, y deberían aconsejar qué pautas laborales a adoptar para evitar la exposición de los trabajadores”, detalló a este medio el abogado Fabián Tóbalo.
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