Fuertes multas
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires se encuentra recorriendo estaciones de servicio para corroborar si respetan su rol de agente de retención y de percepción. La Federación de Expendedores ofrece asesoría para encontrar alternativas a esta situación.
En los últimos días, las estaciones de servicio bonaerenses han recibido inspecciones de ARBA para verificar el cumplimiento de sus deberes como agentes de retención y de percepción. Recordamos que debieron inscribirse y actuar como agentes de retención (respecto de los pagos a proveedores) y de percepción (respecto de los clientes) aquellas estaciones de servicio que, a partir del año 2010, hayan tenido ventas por un importe superior a $12.000.000 anuales (desde este año 2016, el límite fue elevado a $ 30.000.000).
En las fiscalizaciones, el Fisco Bonaerense revisa que se hayan practicado lo establecido por la Disposición Normativa Serie B n° 1/2004, en su parte pertinente. De no haberlo hecho -total o parcialmente- el personal de ARBA calcula el importe que debió haber sido retenido y/o percibido, e intima el pago al contribuyente, en su carácter de responsable solidario con el sujeto que debió haber sufrido la retención o percepción. El Código Fiscal habilita a la Agencia para obrar de esta manera.
Dado que las sumas involucradas -más las multas, intereses y recargos- resultan muy elevadas, los empresarios dudan en la decisión a tomar.
Al respecto, el Asesor Tributario de la Federación de Expendedores de Combustibles (FEC), Sebastián W. J. Vázquez, explicó que “aún cuando se anuncia una moratoria amplia para los agentes de recaudación -de retención y de percepción-, con condonación de sanciones y reducción de intereses, que parece atractiva, los importes correspondientes a retenciones y percepciones omitidas, que son calculados por ARBA, son muy altos.”
Señala también que “una vez realizado el acogimiento al plan anunciado por el Fisco Provincial, el expendedor debe intentar trasladar las retenciones y percepciones a sus proveedores y clientes respectivamente, para recuperar el dinero. La tarea no es sencilla y, generalmente, no se obtienen resultados positivos.”
Acerca de las alternativas que tienen los que estén siendo fiscalizados, el profesional aconseja: “El estacionero no debe descartar la posibilidad de oponerse a los ajustes propuestos por la inspección y afrontar el procedimiento de determinación de oficio que sigue a esta negativa. En él es posible, a través de una meticulosa organización de la prueba, reducir considerablemente la pretensión fiscal.”
Y para finalizar afirmó que “el procedimiento determinativo concluye con un acto administrativo emitido por ARBA que, en su caso y de ser necesario, puede ser apelado ante el Tribunal Fiscal de Apelación de la Provincia de Buenos Aires. Mientras este proceso se sustancia, el Fisco no puede iniciar juicio de apremio ni trabar medidas cautelares, es decir, es posible la contienda sin sobresaltos“.
La Federación de Entidades de Combustibles recordó que posee asesoramiento gratuito en temas tributarios. Ante cualquier inquietud invita a comunicarse al 0221.451.0562 o por correo electrónico a fecoba1986@gmail.com.
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