Nuevos requisitos
Se estableció que, para los sectores críticos y no críticos, se tomará la facturación registrada en junio de 2019 y junio de este año, y la diferencia debe dar como mínimo una caída de 20 por ciento en términos reales y un aumento como máximo del 72 por ciento en términos nominales.
El Ministerio de Trabajo oficializó los requisitos de preselección y selección para el Programa de Recuperación Productiva II (Repro II), con el objetivo de facilitar el acceso al mismo a un mayor número de empresas, trabajadores y trabajadoras, a fin de mitigar los efectos de las restricciones consecuencia de la segunda ola de coronavirus.
Así lo hizo a través de la resolución 462/2021 publicada ayer en el Boletín Oficial, que adopta recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa Repro II en su acta número 9, en lo que respecta a los salarios devengados en julio último.
En cuanto a los criterios de preselección, el Comité estableció que, para los sectores críticos y no críticos, se tomará la facturación registrada en junio de 2019 y junio de este año, y la diferencia debe dar como mínimo una caída de 20 por ciento en términos reales y un aumento como máximo del 72 por ciento en términos nominales.
Por otra parte, en función de la situación económica y laboral observada en julio, el Comité entendió que no se deben modificar los parámetros de la fase de selección definidos para junio, con la excepción de la variación porcentual de la facturación y del IVA compras, que deberían cambiar.
En tanto, se mantienen los montos en $ 22.000 la asistencia para las trabajadoras y trabajadores en empresas de sectores críticos.
En el caso de los sectores afectados tanto críticos “Estaciones de Servicio) como no críticos, deben alcanzar el cumplimiento de al menos cuatro de los siete parámetros establecidos, de los cuales serán de cumplimiento obligatorio las variaciones de la facturación, del IVA compras y de la relación entre el costo laboral y la facturación.
Finalmente, las empresas con más de 15 trabajadoras y trabajadores dependientes, deberán presentar obligatoriamente la información requerida sobre los montos de activos y pasivos y patrimonio neto.
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