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Una medida cautelar de la Justicia suspendió la aplicación de más de 80 artículos de la ley impulsada por el Gobierno nacional. El SOESGyPE analizó sus implicancias operativas y regulatorias.
El juez Raúl Ojeda hizo lugar a una medida cautelar de la CGT y dejó en suspenso la aplicación del grueso de la reforma laboral. La resolución implica que esos cambios no podrán aplicarse hasta que exista un pronunciamiento definitivo, lo que abre un compás de espera en sectores estratégicos como el expendio de combustibles.
En términos técnicos, la medida pone bajo revisión aspectos tales como las modalidades de contratación, el esquema indemnizatorio y ciertos criterios de flexibilización laboral. Para el universo de las Estaciones de Servicio, estos cambios potenciales no son menores: impactan directamente en la organización de turnos, la cobertura de personal y la continuidad operativa.

El sector presenta una particularidad clave: es considerado servicio esencial. Esto implica la obligación de mantener niveles mínimos de atención aun en contextos críticos, lo que vuelve determinante la previsibilidad normativa en materia laboral. En ese marco, la suspensión de la reforma evita, al menos por ahora, una reconfiguración abrupta de las condiciones de trabajo.
En particular, al rubro expendedor, le afectaba esta ampliación del alcance de la condición de esencialidad, que según distintas interpretaciones restringía de manera significativa la posibilidad de llevar adelante medidas de fuerza. Para la actividad, este aspecto generaba interrogantes sobre el equilibrio entre la continuidad del servicio y los derechos colectivos de los trabajadores.
Desde el punto de vista empresario, la medida judicial también introduce un elemento de estabilidad. La posibilidad de sostener las reglas actuales permite mantener sin cambios los esquemas de operación mientras se define el fondo de la cuestión.
En diálogo con Surtidores, el secretario adjunto del SOESGyPE, Carlos Acuña (h), consideró que la resolución judicial aporta previsibilidad al sector: “Es un alivio que la justicia haya dictado la cautelar en contra de esta reforma que tiraba por la borda derechos construidos durante más de 80 años”.

El dirigente señaló además que el fallo coincide con los cuestionamientos que se habían planteado desde distintos ámbitos: “La justicia entendió que era inconstitucional y regresiva, en línea con lo que se venía advirtiendo sobre su impacto en materia laboral”. Y agregó, en relación al carácter de servicio esencial: “Después, por supuesto, sostener la capacidad de respuesta en caso necesario de parte del movimiento obrero o del gremio en particular, si en algún momento se requiere llevar adelante una medida de fuerza, es muy importante, pero sobre todo la tranquilidad de saber que a ningún compañero le van a poder aplicar modificaciones arbitrarias y en sentido contrario a lo que debería ser la legislación laboral”.
En relación al funcionamiento cotidiano de la actividad, Acuña remarcó que la medida permite sostener las condiciones actuales: “Da tranquilidad saber que no se va a poder aplicar ni a los nuevos trabajadores ni a quienes ya están en el sector, al menos en esta instancia”.
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