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Sostuvo que fue presionado para renunciar y que le impidieron continuar trabajando, pero el juzgado concluyó que no logró acreditar esas acusaciones.
Un fallo de la Justicia Nacional del Trabajo volvió a poner el foco sobre la importancia de contar con pruebas concretas cuando se plantean conflictos laborales vinculados con despidos, negativas de tareas o presuntas presiones empresarias.
La causa tuvo origen en la demanda presentada por un trabajador que se desempeñaba como playero en una Estación de Servicio del conurbano bonaerense. El empleado aseguró que al presentarse a cumplir funciones le impidieron ingresar al establecimiento y que distintos responsables del local lo presionaron para que enviara un telegrama de renuncia.

Según relató durante el proceso, la situación se produjo pocos meses después de haber ingresado a prestar servicios. Afirmó además que, tras no poder enviar inmediatamente la comunicación por encontrarse cerrado el correo, decidió intimar a la empleadora para que aclarara su situación y le permitiera retomar sus funciones habituales.
Posteriormente sostuvo que la firma mantuvo la negativa y que esa conducta lo obligó a considerarse despedido indirectamente, por lo que inició una acción judicial reclamando indemnizaciones, diferencias salariales y otros conceptos derivados de la ruptura del vínculo laboral.
La empresa rechazó desde el comienzo esa versión de los hechos. En su defensa sostuvo que nunca existió impedimento para trabajar y afirmó que fue el propio dependiente quien dejó de concurrir a su puesto sin justificación.
Además, argumentó que había intimado al trabajador para que retomara sus tareas y explicara las ausencias registradas durante aquellos días. También negó cualquier tipo de presión destinada a obtener una renuncia.
Tras analizar la documentación incorporada al expediente, los intercambios telegráficos y las pruebas producidas durante el juicio, la magistrada concluyó que el punto central del litigio consistía en determinar si realmente había existido una negativa de tareas que justificara la decisión del empleado de considerarse despedido.
La resolución destacó que la carga de demostrar esa situación recaía sobre quien formulaba la acusación. Sin embargo, durante el desarrollo de la causa no se incorporaron elementos suficientes que permitieran acreditar los hechos denunciados.
Uno de los aspectos que tuvo especial relevancia fue la ausencia de testimonios que respaldaran la versión del demandante. La sentencia señala que el trabajador perdió la posibilidad de valerse de los testigos que había ofrecido y que, en consecuencia, no logró aportar evidencia capaz de sostener sus afirmaciones.
Por el contrario, la declaración de una persona vinculada al proceso de incorporación del empleado respaldó la postura empresaria al indicar que el dependiente había dejado de asistir a su lugar de trabajo sin aviso previo.
Frente a ese escenario, el juzgado entendió que no existían elementos que permitieran concluir que la compañía hubiera impedido el ingreso del trabajador ni que hubiera ejercido presiones para forzar una renuncia.

Con esos fundamentos, la Justicia resolvió rechazar los principales reclamos indemnizatorios vinculados al despido indirecto, incluyendo las compensaciones por antigüedad, preaviso e integración del mes de despido que habían sido reclamadas en la demanda.
No obstante, la sentencia sí reconoció una indemnización relacionada con la falta de entrega de la documentación laboral prevista por la Ley de Contrato de Trabajo. Según se determinó, el exempleado había intimado correctamente a la firma para obtener esos certificados y la obligación no fue cumplida en tiempo y forma.
Por ese motivo, el fallo admitió únicamente ese rubro y condenó a la demandada al pago de una suma considerablemente menor respecto del monto originalmente reclamado.
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