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A través de diversas resoluciones, la Subsecretaría de Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo de la Nación dio a conocer los términos y condiciones de los convenios colectivos correspondientes a CECHA, FEC, FECRA y CeGNC.
El pasado día viernes, la Subsecretaría de Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo de la Nación publicó en el Boletín Oficial la homologación de los acuerdos salariales correspondientes a las entidades empresarias CECHA, FEC, FECRA y CeGNC.
Los mismos establecen incrementos en los básicos salariales y una suma no remunerativa con vigencia desde Abril de 2016. En el mes de setiembre las partes se reunirán nuevamente para pactar los incrementos en las remuneraciones correspondientes a los seis meses posteriores, es decir, octubre, noviembre y diciembre de 2016, y enero, febrero y marzo de 2017.
Asimismo se dispone que la parte empresaria se compromete a aportar al SOESGYPE, la suma de $ 1.000 por cada trabajador comprendido en dicho convenio colectivo, pagadero de la siguiente manera: $ 250.00 en el mes de Octubre de 2016, $ 250.00 en el mes de Noviembre de 2016, $ 250.00 en el mes Diciembre de 2016 y $ 250.00 en el mes de enero de 2017 como contribución extraordinaria con destino al fortalecimiento de la obra social OSPESGYPE.
Resolución 289/2016 – CECHA
Escala Salarial: Estaciones de Servicio 371/03 – Período. SEPTIEMBRE 2016
Resolución 290/2016 – FEC
Escala Salarial: Estaciones de Servicio 488/07 – Período: septiembre 2016
Resolución 292/2016 – CeGNC
Escala Salarial: Estaciones de Servicio – Período: septiembre 2016
Resolución 291/2016 – FECRA
Escala Salarial: Estaciones de Servicio – Período: septiembre 2016
Vale destacar que la cartera laboral aprobó el CCT 521/07 suscripto por Rosario Elena Sica en su carácter de presidente.
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