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La eliminación de auditorías obligatorias y la adopción de controles técnicos certificados, promete disminuir gastos. Afirman que podría ser una palanca concreta para la venta directa de combustibles.
La reciente Resolución 277/2025, firmada por la Secretaría de Energía en el marco del proceso de desregulación que impulsa el Gobierno nacional, podría significar un importante alivio económico para el segmento de expendio directo de gasoil al agro. Al reemplazar auditorías obligatorias por declaraciones juradas y adaptar exigencias técnicas a estándares internacionales, la nueva norma reduce costos operativos y agiliza procesos, especialmente para distribuidores que utilizan tanques aéreos.
A diferencia de las Estaciones de Servicio tradicionales —cuyos tanques son subterráneos y por ende no alcanzados por esta medida— los operadores que despachan gasoil a establecimientos agropecuarios, cooperativas o clientes rurales, emplean tanques aéreos de almacenamiento, por lo que serían los primeros beneficiarios del nuevo régimen.
“La principal implicancia práctica es que, al quedar exceptuados de realizar determinadas auditorías técnicas y ambientales, se reduce la cantidad de gestiones y el costo operativo que debía afrontar el distribuidor”, explicó a surtidores.com.ar el asesor en seguridad e higiene Mariano Sobrero. “Esto no modifica los estándares internos de seguridad que aplicamos, pero sí representa un alivio económico para los empleadores, que dejarán de contratar y pagar estas auditorías”, sostuvo.
Desde el punto de vista técnico, la resolución adopta la norma API 653 del Instituto Americano del Petróleo, que regula la inspección, reparación y mantenimiento de tanques aéreos de acero. A partir de ahora, los controles deberán ser realizados por profesionales certificados bajo esta norma internacional, que reemplaza el sistema anterior de auditorías obligatorias periódicas realizadas por entidades registradas a nivel nacional.
Además, la medida deja sin efecto el esquema de la Resolución 785/05, que hasta ahora regulaba los requisitos técnicos para instalaciones de expendio, incluyendo exigencias estructurales para agros revendedores y operadores con tanques aéreos.
Según explicó el ingeniero Maximiliano Ribba, responsable técnico de INGHER SRL, a este medio, “estos operadores deberán dejar de lado el régimen de la 785 y adaptarse a esta nueva normativa. En lo ambiental, no habrá mayores exigencias porque esa competencia ya está en manos de las provincias”.
El nuevo marco también elimina las auditorías ambientales obligatorias exigidas por el Estado Nacional, delegando esas tareas a las autoridades provinciales en función del artículo 41 de la Constitución Nacional. Esto permite a los operadores concentrarse en cumplir las normativas locales, muchas veces más claras y específicas según la región.
La Secretaría de Energía justificó la medida como parte de un proceso de “autogestión técnica responsable”, que busca reducir costos, evitar trámites innecesarios y profesionalizar los controles. Se estima que el costo de una auditoría técnica y ambiental podía oscilar entre 600 mil y un millón de pesos por tanque, por lo que su eliminación representa un recorte relevante en las estructuras de costos de los distribuidores.
Este nuevo escenario impacta especialmente en quienes despachan gasoil en zonas rurales, con operaciones móviles o depósitos propios, muchas veces asociados a Estaciones de Servicio con flota. También puede beneficiar a pequeñas y medianas empresas del interior que abastecen al agro desde instalaciones fijas.
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