Activar/Desactivar Leer Página
El caso se originó a partir de registros de videovigilancia que mostraron al trabajador introduciendo en varias oportunidades su brazo en el dispositivo recaudador durante un turno nocturno.
La justicia laboral cerró un largo litigio iniciado en 2015 tras la desvinculación de un operario con más de una década de antigüedad en una Estación de Servicio. La sentencia, dictada el 18 de agosto de 2025 por la Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, confirmó que la conducta del empleado afectó de manera irreversible la confianza que debe regir en la relación laboral y, por lo tanto, avaló la decisión de la empresa de prescindir de sus servicios.
El caso se originó a partir de registros de videovigilancia que mostraron al trabajador introduciendo en varias oportunidades su brazo en la caja fuerte de la estación durante un turno nocturno. Según la compañía, esa acción no formaba parte de las funciones de un cajero ni respondía a los protocolos de recaudación. La defensa del empleado, en cambio, sostuvo que las maniobras respondían a la necesidad de evitar que los sobres quedaran trabados en el buzón y cuestionó la autenticidad de las grabaciones.

En primera instancia, la Justicia había rechazado el reclamo indemnizatorio al considerar justificado el despido directo en los términos del artículo 242 de la Ley de Contrato de Trabajo. El trabajador apeló, denunciando que la prueba fue valorada de manera arbitraria y que los videos podían haber sido manipulados.
La Cámara, sin embargo, entendió que el informe pericial fue determinante. El experto en imagen y sonido designado de oficio descartó alteraciones en los archivos digitales y explicó que las interrupciones respondían al sistema de grabación por movimiento. Además, identificó cuatro momentos en que se observa la mano del trabajador dentro de la caja fuerte. Los jueces señalaron que los cuestionamientos de la parte actora fueron meras conjeturas sin sustento técnico.
Los testimonios de los superiores jerárquicos del empleado reforzaron esa conclusión, al coincidir en que no existía justificación para ingresar el brazo en la caja fuerte, especialmente cuando la tienda permanecía cerrada por remodelación. Por el contrario, la declaración de la testigo propuesta por la defensa fue considerada insuficiente, ya que describía prácticas ocurridas varios años antes del episodio investigado.

Con ese marco, el tribunal determinó que la decisión de la empresa se basó en una pérdida real y fundada de confianza, lo que tornó improcedente el reclamo de indemnizaciones por despido. No obstante, mantuvo la sanción por irregularidades en la entrega de certificaciones laborales al trabajador, aunque redistribuyó las costas del proceso en un 70 por ciento a cargo del actor y un 30 por ciento a cargo de la demandada.
El fallo refleja la importancia que adquieren las pruebas tecnológicas en los conflictos laborales. Si bien la defensa del trabajador advirtió sobre el riesgo de manipulaciones digitales, el tribunal remarcó que los dictámenes periciales y la coherencia de los testimonios resultaron determinantes.
DEJANOS TU COMENTARIO!