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En un fallo que marca un precedente para el sector, la Justicia Laboral respaldó la decisión de un estacionero de despedir sin indemnización a un empleado que incumplió normas de seguridad básicas, al ser sorprendido fumando en la zona de despacho de combustibles
La decisión de un juez laboral de fallar a favor del empleador en un caso donde se comprobó una acción “irresponsable” por parte del trabajador de una expendedora de combustibles reforzó la necesidad de que los dueños de Estaciones de Servicio implementen y hagan cumplir sin excepciones las normativas de seguridad.
Los especialistas consideraron que la sentencia subraya la importancia del cumplimiento estricto de los protocolos en Estaciones de Servicio y cobra valor al derecho del empresario a tomar medidas drásticas ante conductas que pongan en riesgo a terceros.
El caso, que generó debate en la comunidad de expendedores, fue analizado por Fabián Tobalo, abogado y asesor legal de la Federación de Entidades de Combustibles, quien destacó los fundamentos jurídicos que sustentaron la resolución.
“El trabajador incurrió en una falta gravísima que puso en peligro no solo su integridad, sino también la de clientes, compañeros y la infraestructura del establecimiento. La Justicia consideró que este incumplimiento configura una injuria laboral suficiente para justificar su despido sin compensación”, explicó el letrado en diálogo con surtidores.com.ar.
Según el experto, el fallo se basó en diversos artículos de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) que regulan la buena fe contractual, la obediencia debida del empleado y las facultades del empleador para garantizar condiciones de trabajo seguras. En particular:
“El empleado tenía pleno conocimiento de la prohibición de fumar en la playa de carga y, aun así, desoyó las advertencias previas. Esto configuró una falta insalvable que atentó contra el principio de confianza en la relación laboral“, agregó Tobalo.
Por otra parte, en tiempos donde el pago con aplicaciones móviles y billeteras virtuales se masificó en la actividad, el especialista también advirtió sobre el uso indebido de los smartphones en la playa de carga. “Si bien muchos minimizan el peligro, estos dispositivos pueden generar chispas y convertirse en un factor de ignición en presencia de vapores inflamables”, sostuvo.
Recordó al respecto que la Dirección Nacional de Refinación y Comercialización de la Secretaría de Energía ha reiterado la prohibición de su uso en áreas de despacho, ante el riesgo latente de explosiones o incendios.
Finalmente, el abogado llamó a los expendedores a reforzar la capacitación y señalización sobre los riesgos asociados a conductas indebidas, aplicar sanciones disciplinarias escalonadas documentando cada una de ellas, hasta llegar al despido en casos graves y no tolerar ninguna actitud negligente, para evitar responsabilidades civiles y penales.
“Este fallo debe ser tomado como una advertencia clara: no hay margen para la imprudencia en un ámbito de alto riesgo como el despacho de combustibles“, concluyó Tobalo.
Me pare excelente y ejemplar el fallo
Hay cosas más peligrosas, el cigarrillo no emite chispas, como se ve en las diferentes estaciones de servicio cuando hacen remodelaciones, el chisperio !!! Y los obligan a seguir despachando, después será tarde !!! No quiere decir que el fumar está bien, pero es menos riesgo, seguramente el playero estaría fumando en cercanías de la playa, obvio está mal !!!
Consulta por qué se obliga a despachar combustible cuando se está descargando el camión eso no entra en una medida de seguridad y el peligro que consiste para la estación y las personas que allí trabajan no es. Que tienen que cerrar por completo la estación espero una respuesta desde ya gracias
No dicen nombre del juez, ni causa ni jurisdicción. Es cierto?
Lo podrían sancionar nada mas pero no echarlo
Buen hecho, por vicioso, la nicotina le mato la única neurona que tenía y eso le impide pensar . descerebrado como se pone a fumar en una estación de servicio, evidentemente no puede pensar
Esta muy la negligencia reiterada debe ser sancionada con el despido
No se llama despido sin indemizacion… Se llama “despido con causa” por imbecil (el fragil que tenga problemasn con el calificativo busque el significado de la palabra)
El tema del celular es muy discutible porque si queres pagar con la,aplicación te hacen usar el celu pero adentro del auto para,escanear el pago, y es donde más se juntan los gases .????DEBERIAN TENER UNA OFICINA APARTE Y NO PASA EN UNA,ESTACION SI NO EN TODAS PIRQUE TIENEN LA MISMA MODALUDAS
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