Cuadro de depresión
En un caso que ha generado polémica, un empleado logró que se reconozca su despido por abandono de trabajo. La sentencia, que había sido emitida por un tribunal en primera instancia, fue anulada parcialmente tras una ardua batalla legal.
En un fallo controvertido, un trabajador que prestaba tareas en una Estación de Servicio, logró que se reconociera de su despido por abandono de trabajo. La sentencia, emitida por la Excma. Cámara Quinta del Trabajo de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, fue anulada parcialmente después de una intensa disputa legal.
El empleado presentó su caso ante el tribunal argumentando que la sentencia incurrió en arbitrariedad al omitir pruebas esenciales y realizar una valoración sesgada de la evidencia. Se quejó además de la falta de fundamentación del fallo, argumentando que no cumplía con los requisitos necesarios de una decisión judicial.
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En el caso, el actor había comunicado a la ART que refería no tener ganas de ir a trabajar con dolor en el pecho, que no lograba descansar y presentaba cambios en la presión arterial.
Ingresó el siniestro como Enfermedad Profesional solicitando atención psicológica. La empresa por su parte, desconoció la denuncia, cuando en realidad el dependiente faltaba debido a que cursaba una depresión, conocida por ella.
En el fallo de primera instancia, la Cámara se basaba en la supuesta ausencia injustificada del trabajador, alegada por la empleadora. Sin embargo para la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Mendoza, presentó pruebas contundentes que demostraban que su ausencia estaba debidamente justificada debido a problemas de salud.
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El tribunal reconoció la omisión de evidencias esenciales que podrían haber cambiado el resultado del caso. Además, destacó la falta de buena fe por parte de la Estación de Servicio, que no esperó a que se resolvieran los pasos administrativos relacionados con la salud del trabajador antes de despedirlo.
Finalmente, los magistrados decidieron anular parcialmente la sentencia y ordenaron un nuevo pronunciamiento sobre los rubros indemnizatorios que no se habían considerado adecuadamente, otorgándole la razón al demandante.
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