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El Ministerio de Trabajo de la Nación aprobó el aumento salarial concedido a los operarios de esa región el año pasado y que fuera pagado en dos cuotas. La Resolución Nº 1937/2012 fue publicada ayer en el Boletín Oficial
Finalmente el Ministerio de Trabajo de la Nación, a través de Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, dispuso homologar el acuerdo salarial suscripto entre el Sindicato Unión Obrera de Estaciones de Servicio y las Cámaras de Expendedores de Combustibles de Mendoza, San Juan y San Luis.
Lo hizo a través de la Resolución Nº 1937/2012 publicada ayer en el Boletín Oficial. En la misma se establece el acuerdo de las partes de las condiciones salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 327/00.
La recomposición salarial para el personal de estaciones de servicios, playas de estacionamiento, garages y afines de esa región comprendió un incremento salarial distribuido en dos cuotas, la primera en el mes de Abril de 2012, y la restante a partir del mes de Julio, sobre los haberes de carácter remunerativo vigentes a la fecha, no acumulativos, quedando las escalas salariales conformadas de la siguiente manera:

La antigüedad se fijó en el 1 por ciento por año de servicios desde el primero hasta el cuarto año, en el 1,5 por cada año subsiguiente a partir del quinto y hasta el octavo y 2 por ciento por año subsiguiente a partir del noveno año, sobre salario básico de la respectiva categoría.
Asimismo se agregaron las categorías de operario conductor de aeropuertos, oficial gomero, oficial mantenimiento de GNC y surtidores y aprendiz. Respecto del personal que desarrolla la tarea en alta montaña se aumenta el porcentual al 80 por ciento del básico que perciba un trabajador en zonas llanas.
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