Compra a productores
El 75 por ciento de los establecimientos comprendidos en el área de influencia de Metrogas ya suscribieron a las nuevas condiciones de adquisición de gas en Boca de Pozo para GNC. También crece la aceptación en el resto de las regiones
Las medidas tomadas por el Ministerio de Energía y Minería respecto a las nuevas condiciones de compra de gas según lo establecido por la Resolución MINEM 80-E/2017 y su reglamentación por el ENARGAS, Resolución 4407/2017, fue muy bien recibida por los operadores de Estaciones de Carga de GNC, quienes ya están suscribiendo masivamente los contratos con las comercializadoras.
Según explicaron las entidades empresarias, el consejo es hacer los acuerdos en el PIST (boca de pozo) con las comercializadoras asociadas. En ese sentido, desde la Asociación Estaciones de Servicio (AES) informaron que los asociados comprendidos en el área de influencia de Metrogas, el viernes 12 de mayo, habían adherido al nuevo sistema 250 comercios de carga de GNC sobre un total de 300. Las otras 45 que se distribuyen entre distintas compañías petroleras están demorando un poco más su adhesión.
Las pertenecientes a Gas Natural Ban, en tanto, a la misma fecha se suscribieron la mitad y creen terminar para la semana próxima. “En muchos casos los titulares de las estaciones y sus encargados realizan bastantes consultas ya que firmar un contrato de compra de gas en boca de pozo es nuevo”, afirmaron desde AES. “Antes se hacía todo a través de las subastas en el Mercado Electrónico del Gas y nunca hubo contratos firmados”, explican.
Optando por este cambio las Estaciones de Servicio tendrán un costo total (gas natural + transporte + distribución) a partir de mayo muy similar al que tuvieron previo al reciente aumento de tarifas. Cabe destacar que los contratos que se están firmando tienen plena vigencia retroactiva a partir del 1º de mayo de 2017.
Como se recuerda, durante el mes de abril aumentó el gas natural para GNC, de acuerdo al sendero de precios impuesto por el Ministro Aranguren, en dólares por millón de BTU, novedad absoluta para el GNC que siempre tuvo sus precios en moneda de curso legal, es decir en pesos. Junto a ello, también subió el costo de los rubros transporte y la distribución.
Finalmente vale remarcar que según establece el Artículo 7º de la reglamentación, los contratos suscriptos entre la prestadora del Servicio de Distribución de Gas y las Estaciones de expendio de GNC, deberán diferenciar la modalidad de abastecimiento: “Servicio de Gas Natural Comprimido – Venta Firme GNC o Venta Interrumpible GNC” o “Servicio Gas Natural Comprimido – Transporte Firme GNC, o Transporte Interrumpible” y que aquellas Estaciones de Expendio de GNC que opten por estas últimas Condiciones Especiales de Servicio, remitan copia autenticada a la prestadora del correspondiente contrato con Productores y/o Comercializadores que respalden su abastecimiento de gas natural; así como dicha prestadora deberá presentar copia fiel de los mismos ante esta Autoridad Regulatoria.
La presentación de los contratos deberá ser efectuada en forma individual para cada usuario expendedor de GNC.
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