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La iniciativa efectuada por el INTI bajo la supervisión de la Secretaría de Energía busca relevar los principales aspectos relacionados con la comercialización de combustibles por parte de las estaciones de servicio. Se controla la documentación del establecimiento, la calidad de los productos y la exhibición de los precios
Dispuesta a no perderle pisada a la actividad de las estaciones de servicio, la Secretaría de Energía continúa llevando a cabo el Programa Nacional de Control de Calidad de Combustibles, un relevamiento que efectúa al menos una vez por año en todas las bocas de expendio del país.
La verificación, que está a cargo del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), apunta a los aspectos más relevantes de la actividad. Como primer paso, los inspectores chequean la documentación del comercio: inscripción en el Registro de la Resolución 1102/04 y auditoría de las instalaciones.
La extracción e identificación de muestras es la segunda parada. Se sacan cuatro de cada tanque de naftas y tres de gasoil, se colocan en frascos de vidrio (nuevos y limpios), se cierran con una tapa roscada y se los precinta con una faja que identifica el producto firmada por el funcionario y el responsable de la empresa, sellando todo con un film protector.
A posteriori se realiza el inventario del stock existente y las características de los tanques: diámetro, volumen y método de medición, ya sea por varilla o sistemas informáticos en caso de responder a una red de bandera.
La exhibición de la calidad de los combustibles también tiene su lugar en el control. Vale recordar que según la Resolución 1283/06 los surtidores de naftas de todas las bocas de expendio que operen en el país deberán tener en forma perfectamente visible una leyenda con la indicación del número o índice de octano, o el grado al cual pertenece el producto que éstos despachan. En el caso de comercializarse naftas con más de 10 por ciento en volumen de mezcla con Bioetanol, los surtidores deberán tener la leyenda “Alconafta”.
Para el caso de los que despachan gasoil, los surtidores deberán indicar el contenido máximo de azufre o el grado al cual pertenece el producto que éstos despachan. En el caso de los surtidores de ésteres de origen biológico 100 por ciento deberá indicarse la leyenda “Biodiesel” y en el caso de mezclas superiores al 10 por ciento deberá indicarse la leyenda “Gasoilbio (N°)”, donde Nº representa el porcentaje, en volumen, de Biodiesel en la mezcla.
El relevamiento culmina con un anexo que fiscaliza los precios, si están expuestos y como, si el cartel se corresponde con el surtidor y con la factura/ ticket.
Según expresaron desde la dependencia oficial, el recorrido de rutina es cada 365 días. No obstante, advirtieron que en caso de inconvenientes, especialmente en lo referido a la calidad de las muestras, los inspectores generalmente visitan las estaciones de servicio al menos dos veces en 180 días.
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