Resolución General N° 4257
La Administración Federal de Ingresos Públicos finalmente desactivó el congelamiento que pesaba sobre el gravamen desde el mes de diciembre pasado. Representa una suba de 3 por ciento en naftas y gasoil pero no se trasladará al surtidor.
AFIP dio a conocer los nuevos valores del impuesto sobre los combustibles líquidos, según establece la Resolución General N° 4257 y su modificación. Los montos del gravamen comenzaron a regir desde las 0 horas del día de hoy y estarán vigentes hasta el 31 de mayo.
El gravamen se mantenía sin modificaciones desde diciembre, obedeciendo a la necesidad del Gobierno de brindar una respuesta inmediata frente a las actuales circunstancias coyunturales y de estabilizar los precios de los combustibles comprendidos en su alcance.
El monto actual representa una suba del 3 por ciento promedio sobre el que regía hasta ayer sobre la nafta y el gasoil. No obstante, las autoridades aseguraron que no va a variar el precio de surtidor sino que el incremento va a ser absorbido por las refinadoras que se ven beneficiadas por la caída del precio internacional del crudo.
Lo dispuso el gobierno tras una sucesión de postergaciones. Pero no va a variar el precio de surtidor sino que el incremento va a ser absorbido por las refinadoras que se ven beneficiadas por la caída del precio internacional del crudo.
El Decreto 196/2020 publicado el pasado sábado en el Boletín Oficial congeló el valor del Impuesto a los Combustibles Líquidos pero no afectó el del Dióxido de Carbono, que aumentó 10 centavos en las naftas y 11 en el gasoil.
El 1 de marzo debería actualizarse según las variaciones del Índice de Precios al Consumidor que suministra el INDEC. Sin embargo, frente a las actuales circunstancias coyunturales y la necesidad de estabilizar los precios de los combustibles, el gobierno volvió a prorrogar la medida.
Puro verso para no bajar el precio del combustible, si la materia prima bajo el combustible tiene que bajar y así todas las cosas.