El senador nacional Eduardo Torres presentó ante el Congreso un proyecto de ley que propone una asociación de mutuo acuerdo entre petroleras y estaciones de servicio y eliminar la condición de exclusividad de suministro de una marca
El senador nacional del FPV por la provincia de Misiones, Eduardo Torres, presentó un Proyecto de Ley que tiene por objeto regular la comercialización minorista de combustibles líquidos, así como la relación entre las empresas productoras de petróleo y comercializadoras mayoristas de combustibles líquidos en todas sus formas y las estaciones de servicio minoristas.
El legislador señala que las bocas de expendio que no son de propiedad de las compañías atraviesan una profunda crisis, resultado de la relación desigual. Esta situación ha resultado en una concentración de las ventas de combustible, el desabastecimiento de las estaciones de expendio no propias y la eliminación de una gran cantidad de empleos. Resulta necesaria la intervención legislativa en defensa de la parte más débil de la relación contractual, asegura Torres.
En el mercado argentino de hidrocarburos, las productoras de petróleo pueden ser propietarias de hasta 40 por ciento del total de las estaciones de expendio de combustible minoristas.
En la actualidad aquellas propiedad de las compañías petroleras constituyen poco más de 10 por ciento de las 4.800 estaciones de expendio minoristas. A pesar de esto, las estaciones de expendio propias, por su ubicación y abastecimiento preferencial, concentran 50 por ciento del total del volumen de combustible comercializado, reflejando la concentración de la actividad en detrimento de las pequeñas y medianas empresas que conforman el sector.
En este contexto y tomando en consideración la experiencia internacional (Estados Unidos, Brasil, Europa, etc.), la prohibición de la integración vertical en un mercado en el cual por su esencia son requeridas fuertes inversiones que definen la existencia de economías de escala que implican un escaso número de participantes de gran tamaño e importancia económica, tiende a mejorar las condiciones de competencia.
En este sentido Torres plantea que las petroleras no exploten por sí o por sociedad o sociedades por ellas controladas, estaciones de venta de combustibles al consumidor ni vender a empresas de transporte, industrias, establecimientos agropecuarios ni a ningún otro tipo de explotación del sector primario, así como tampoco podrán participar de licitaciones en el sector público. La comercialización minorista deberá realizarse siempre a través de estaciones de expendio de combustibles, señala.
La iniciativa finalmente establece que las relaciones contractuales resultarán del mutuo acuerdo de las partes, que deberán proceder a su registro ante la autoridad de aplicación manifestando la aceptación de las condiciones establecidas. A partir de la entrada en vigencia de la presente ley, las relaciones contractuales entre empresas que tengan por objeto el suministro de combustibles para su comercialización directa a los consumidores y que impliquen la exclusividad en el suministro de los productos por parte de las empresas mayoristas o el empleo de su marca, serán nulos de nulidad absoluta y podrán ser denunciados por las partes. Las estaciones de servicio podrán ofrecer a los consumidores combustibles de diversas marcas con la correspondiente identificación y podrán fijar el precio y las condiciones por el uso oneroso de sus instalaciones, concluye la propuesta.
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