Activar/Desactivar Leer Página
Desde el Ministerio de Planificación garantizaron a este medio que las estaciones de servicio no deberán cumplimentar la inscripción en el Registro Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas, según ordena
La ambigüedad de los conceptos vertidos en
Sin embargo desde el Ministerio de Planificación Federal garantizaron a este medio que las bocas de expendio no deberán cumplimentar su inscripción. Confirmaron que la misma alcanza a las empresas petroleras y refinadoras, tal como está establecido en el formulario que acompaña la ordenanza.
Tal como estaba planteada, la información requerida por
En el Registro de Inversiones Hidrocarburíferas deberán constar los datos de las empresas y sus respectivas áreas de negocios, la composición de su capital, sus balances desde 2008, deudas, honorarios y flujos de fondos e inversiones.
Del mismo modo, las compañías deberán reportar información sobre reservas probadas y probables de hidrocarburos desde 2008, por provincia, concesión, cuenca, yacimiento y operador; inversiones realizadas o ejecutadas en 2011 y 2012,y proyectadas para 2013; capacidad de almacenaje actual y prevista (en buques tanque, camiones, vagones, ductos, esferas, cilindros, subterráneo, etc.).
El Registro también solicita a las compañías los supuestos sobre el precio del petróleo en el mercado externo y en el país; así como previsiones sobre el tipo de cambio.
Sin definiciones por la solicitud de prórroga para el GNC
La dependencia sigue analizando el pedido de postergación del envío de la información correspondiente a la actividad del GNC. Hasta el pasado día viernes,
DEJANOS TU COMENTARIO!