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Ante la decisión del Gobierno nacional de demorar la aprobación de los convenios colectivos, expertos jurídicos instaron a los empresarios a avanzar con los incrementos pactados desde la fecha de firma con el sindicato, pero dejando debida constancia documental que respalde su cumplimiento y prevenga conflictos legales.
En un contexto de crecientes demoras por parte de la Secretaría de Trabajo de la Nación para homologar convenios colectivos firmados entre las cámaras empresarias y los sindicatos, los dueños de Estaciones de Servicio no deben postergar la aplicación de los aumentos salariales. Por el contrario, la recomendación legal concreta es poner en marcha lo pactado desde la fecha de firma de la paritaria sin esperar la resolución oficial, dejando debida constancia documental.
Esta opción cobra fuerza ante una realidad que se extiende a todas las actividades económicas, pero que impacta especialmente en un rubro como el de los expendedores de combustibles, donde la previsibilidad de los costos laborales es clave para la sostenibilidad del negocio.
Así lo explicó en diálogo con surtidores.com.ar el abogado laboralista Francisco Berdaguer, especialista en asesoramiento a Estaciones de Servicio. “Lo que se dice extraoficialmente es que la Secretaría de Trabajo está evitando homologar convenios que contengan incrementos por encima de la inflación. Esto genera demoras que pueden tener causas administrativas, pero también, en algunos casos, una intencionalidad deliberada”, advirtió.
Según el letrado, esta falta de reafirmación estatal no invalida los pactos ya firmados. “Mientras las partes —empresa y sindicato— comiencen a aplicar lo escrito en el acta respectiva desde su firma, los aumentos ya quedan incorporados al salario. La homologación se vuelve un tema secundario, aunque sigue siendo formalmente importante. Lo esencial es documentar todo correctamente”, remarcó.
Berdaguer también explicó que si bien la legislación contempla la posibilidad de una homologación tácita —que se produciría si no hay respuesta estatal dentro de los 30 días—, se trata de un recurso jurídicamente discutible y no exento de riesgos.
Por eso, el entrevistado alentó a los estacioneros para avanzar en la implementación de los incrementos salariales respetando lo firmado y asegurando una correcta liquidación en los recibos, asentando la información en los libros laborales y dejando registro claro del cumplimiento del acuerdo.
“Todo depende de la buena fe y la ejecución efectiva del convenio. Si se respeta lo firmado y se liquida conforme a lo pactado, no debería haber inconvenientes en el futuro, más allá de la demora del Estado”, concluyó Berdaguer.
De esta manera, recalcó que se evita la posibilidad indeseada de quedar atrapados en la parálisis administrativa del Gobierno, porque a su entender, “la seguridad jurídica, hoy, se construye desde la ejecución responsable”.
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