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Gracias a una gestión de CECHA ante el ARCA, el ensayo de junio de 2026 quedó fuera del vencimiento del 30 de septiembre. La presentación del segundo semestre deberá realizarse hasta el 31 de enero de 2027. Los controles y su registro en el libro habilitado deben continuar.
Las gestiones realizadas por CECHA dieron lugar a una aclaración sobre una obligación que había generado dudas entre los operadores de Estaciones de Servicio. Según la información comunicada tras esos planteos, el ensayo correspondiente a junio de 2026 no quedó alcanzado por el vencimiento del 30 de septiembre ni debe presentarse a través del servicio web “Trazado de Combustibles” de ARCA.
La precisión permite ordenar el calendario de presentación y distinguir dos tareas que los establecimientos deben atender: realizar los ensayos y comunicar sus resultados. Que el control de junio no deba cargarse en la plataforma no significa que se haya eliminado la obligación de efectuar las pruebas o de conservar su registro.

El dato que explica esta definición es la fecha en la que comenzó a funcionar el sistema. De acuerdo con la comunicación difundida a partir de las gestiones de la Confederación de Entidades del Comercio de Hidrocarburos y Afines, ARCA informó que el servicio estuvo operativo desde el 29 de septiembre de 2026, apenas un día antes del vencimiento que había concentrado la atención del sector.
En esa respuesta se tuvieron en cuenta los planteos efectuados, las circunstancias operativas y la necesidad de afinar las variables de control. Con ese escenario, se aclaró que los ensayos a informar mediante la herramienta digital serán los realizados durante el segundo semestre de 2026.
Para esa presentación, el plazo informado es hasta el 31 de enero de 2027. La fecha responde al criterio de presentar la información hasta el último día del mes inmediato siguiente a la finalización de cada semestre calendario. En este caso, el período termina en diciembre y el vencimiento se ubica al cierre de enero.
Sin embargo, la comunicación también remarcó que los ensayos deben continuar realizándose y que sus resultados deben volcarse en el libro oportunamente habilitado para ese fin. Por lo tanto, la definición sobre las fechas de carga no interrumpe los controles ni reemplaza la obligación de dejar constancia de ellos.

Este punto es relevante para la organización cotidiana de las estaciones. Mientras se prepara la presentación semestral, los responsables deben mantener al día los registros y reunir la información de los ensayos que luego tendrán que comunicar. La fecha de enero corresponde al envío de los datos, mientras que la realización y documentación de las pruebas siguen formando parte de las tareas a cumplir.
Las gestiones de CECHA permitieron precisar qué período corresponde informar y despejar la situación particular del ensayo de junio. El alcance de la respuesta se concentra en esa presentación y en el funcionamiento del servicio digital, por lo que no debe interpretarse como una suspensión general del régimen de trazado de combustibles.
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