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Un proyecto de ley presentado en el Congreso propone imponer infraestructura de recarga en bocas de expendio con mayor volumen de ventas, además de beneficios fiscales, simplificación administrativa y nuevas reglas para el desarrollo de la electromovilidad.
Las Estaciones de Servicio podrían enfrentar una de las transformaciones más profundas de las últimas décadas si avanza el proyecto de Ley de Electromovilidad presentado en el Congreso nacional por legisladores vinculados al PRO (ver al pie de la nota). La iniciativa establece obligaciones concretas para instalar cargadores eléctricos rápidos en playas de expendio de combustibles líquidos y GNC, incorporando al sector como pieza central del futuro esquema de movilidad sustentable en la Argentina.
El texto plantea un cambio estructural para la actividad. Según el artículo 7 del proyecto, todas las Estaciones de Servicio con un volumen de despacho superior a 500 metros cúbicos mensuales deberán incorporar, dentro de los dieciocho meses posteriores a la promulgación de la ley, al menos un punto de carga rápida en corriente continua con potencia mínima de 50 kW.

En paralelo, aquellas bocas con ventas superiores a 1.500 metros cúbicos mensuales estarán obligadas a instalar dos cargadores rápidos de al menos 150 kW cada uno. La medida alcanzaría tanto a establecimientos tradicionales como a estaciones de GNC.
La propuesta legislativa, denominada “Régimen Legal de la Electromovilidad”, busca crear un marco regulatorio integral para el desarrollo de infraestructura de recarga eléctrica, incorporando estándares técnicos obligatorios, incentivos tributarios y procedimientos simplificados de habilitación.
Dentro del sector estacionero, la iniciativa abre un nuevo escenario de inversión y reconversión tecnológica. Aunque en el país la presencia de vehículos eléctricos todavía representa una porción reducida del parque automotor o, el proyecto apunta justamente a romper esa lógica de crecimiento lento mediante una expansión anticipada de los puntos de carga.
Los fundamentos del texto sostienen que la falta de cargadores públicos genera desconfianza entre potenciales usuarios de vehículos eléctricos, mientras que la escasez de unidades circulando desalienta nuevas inversiones privadas. El objetivo oficial es revertir ese círculo mediante obligaciones concretas de instalación.
Las estaciones aparecen dentro de ese esquema como actores estratégicos por su distribución territorial, disponibilidad operativa y capacidad para transformarse en nodos de abastecimiento energético multimodal.
La iniciativa también introduce modificaciones relevantes desde el punto de vista comercial. El proyecto crea formalmente la figura del “Servicio de Carga de Vehículos Eléctricos” como actividad independiente de la distribución eléctrica tradicional, habilitando a operadores privados a cobrar por el suministro sin necesidad de obtener concesiones eléctricas especiales.
A partir de esa definición, las Estaciones de Servicio podrían comercializar recargas mediante diferentes modalidades: cobro por kilovatio consumido, tarifa por tiempo de conexión, sesión fija o sistemas prepagos y suscripciones.
Otro aspecto relevante para el sector es la simplificación administrativa prevista para las instalaciones. El proyecto limita la documentación que municipios y organismos podrán exigir para habilitar puntos de carga superiores a 22 kW y establece plazos máximos de aprobación. Incluso incorpora la figura del “silencio administrativo positivo”, por la cual la autorización quedaría automáticamente concedida si la administración no responde dentro del plazo previsto.
En materia técnica, la iniciativa obliga a utilizar conectores estandarizados compatibles con normas internacionales y exige interoperabilidad entre sistemas. Para carga rápida, el conector de referencia será CCS2, actualmente utilizado por gran parte de la industria automotriz global. Además, los equipos deberán cumplir normas específicas de seguridad eléctrica, protección diferencial y comunicación inteligente entre vehículo y el cargador.

Desde el punto de vista económico, el proyecto incorpora incentivos fiscales destinados a acelerar inversiones. Entre ellos figura la exención del IVA durante cinco años para la venta e instalación de cargadores homologados y para el servicio de recarga eléctrica. También contempla beneficios aduaneros para importación de equipos, reducción de Ingresos Brutos para operadores y amortización acelerada de activos.
La iniciativa fija además metas nacionales de electromovilidad hacia 2030 y 2035. Entre ellas, alcanzar al menos 2.500 puntos públicos o semipúblicos operativos en todo el país y lograr que los vehículos eléctricos e híbridos enchufables representen el 10 por ciento de las ventas de unidades nuevas hacia 2030.
El proyecto lleva las firmas de los legisladores Cristian Ritondo, María Florencia De Sensi, Javier Sánchez Wrba, Martín Ardohain, Antonela Giampieri, Alejandro Finocchiaro, Fernando De Andreis y Emmanuel Bianchetti.
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