Activar/Desactivar Leer Página
La Cámara del Trabajo reactivó provisoriamente la Ley de Modernización Laboral. Especialistas recomiendan adecuarse de inmediato, pero con cautela ante un escenario aún abierto.
La puja judicial por la reforma laboral sumó un nuevo capítulo con impacto directo en la operatoria diaria de miles de empresas. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió otorgar efecto suspensivo a la apelación del Estado Nacional contra la medida cautelar que había frenado artículos clave de la ley, lo que en la práctica implica que la normativa vuelve a estar vigente de manera provisoria.
El fallo modifica el alcance de la decisión previa y reordena el escenario: ya no rige, por ahora, la suspensión que había sido impulsada por la CGT. Sin embargo, la discusión de fondo sigue abierta y será la propia Cámara -o eventualmente la Corte Suprema- la que deba definir la constitucionalidad de la norma.

En este contexto de incertidumbre, el abogado especialista en Estaciones de Servicio, Francisco Berdaguer, advirtió a Surtidores que el cambio es más técnico que definitivo, pero no por eso menos relevante en lo inmediato.
“Esta resolución lo que hace simplemente es modificar el carácter de la medida cautelar concedida y solicitada por la CGT, es decir, otorga efecto suspensivo al recurso de apelación deducido por el Estado Nacional”, explicó.
En términos concretos, el especialista fue claro: la ley laboral vuelve a regir mientras se sustancia el proceso judicial. “¿Esto qué significa? Que la Ley de Modernización Laboral vuelve a entrar en vigencia mientras se resuelve la apelación del Estado Nacional”, señaló.
Pero lejos de interpretar el fallo como un cierre del conflicto, Berdaguer puso el foco en un aspecto central: la cautelar no fue anulada. “¿Cayó la cautelar? No. Será un tema que tiene que resolver la Cámara o, en su caso, la Corte Suprema si se hace lugar al planteo del ‘per saltum’”, aclaró.
En este sentido, el profesional informó que para el universo de las Estaciones de Servicio, el mensaje es concreto: actuar bajo la ley vigente, pero sin perder de vista que el escenario puede volver a cambiar.
Berdaguer destacó que luego de esta decisión, el empleador, de vuelta, tiene la posibilidad de regular las relaciones laborales con sus empleados bajo este nuevo marco normativo.
Sin embargo, advirtió que esa adecuación debe hacerse con criterio preventivo. La volatilidad jurídica obliga a documentar cada decisión y a evitar interpretaciones forzadas que puedan generar contingencias futuras. “El escenario, en definitiva, combina vigencia normativa con fragilidad judicial”, expresó.
Al respecto, aclaró que el fallo de la Cámara no resuelve el conflicto, pero redefine el punto de partida. “La ley vuelve a tener efectos, aunque bajo revisión, y el sistema laboral ingresa en una zona de transición”, comentó.
En ese contexto también, el director de Lex Tax Advisory, Daniel Ricardo García opinó que “la aplicación de la reforma apunta a una mayor flexibilidad operativa para las empresas”.

Pero consideró que contribuye a bajar la litigiosidad y previsibilizar el costo laboral. Aunque en gran medida, lo hace trasladando riesgos al trabajador y debilitando componentes históricos de protección.
En ese punto remarcó que para el sector empresario, aporta menor incertidumbre en indemnizaciones y mayor margen para administrar la jornada laboral.
Ambos consultados coincidieron en que para los estacioneros -un sector altamente regulado y con fuerte peso de la relación laboral- el desafío es doble: cumplir con la normativa vigente y, al mismo tiempo, prepararse para eventuales cambios si la Justicia finalmente confirma o revoca la cautelar.
DEJANOS TU COMENTARIO!