El nomenclador de faltas y sanciones a las estaciones de servicio con tanques de almacenamiento subterráneos es tipificado por la Secretaría de Energía con multas que llegan hasta la inhabilitación definitiva del establecimiento
La Resolución 1102/04 dispuso, además de crear un Registro de bocas de expendio de combustibles, tipificar los incumplimientos y aplicación de penalidades de aquellas estaciones de servicio con tanques de almacenaje subterráneo que inclumplan la normativa vigente.
En ese sentido, las faltas detectadas por las empresas auditoras de seguridad, o Universidades Nacionales en el marco del Programa Nacional de Control de la Calidad de los Combustibles o por inspecciones realizadas por solicitud de autoridades nacionales, provinciales o municipales, serán sancionadas como muy graves, que pueden derivar en inhabilitaciones transitorias hasta la baja definitiva de la firma titular responsable de la operación de la estación
Para el caso de derrames durante la carga o descarga de combustibles u operación de las instalaciones que origine incendio, explosión y contaminación; no declarar la totalidad de los tanques, o impedir las inspecciones; se impedirá la comercialización de combustibles y multa equivalente al precio de venta al público de hasta 24.000 lts de nafta súper.
La falta de matafuegos, obstaculizar por acción u omisión las tareas de inspección, no observar las técnicas y adecuadas de seguridad, no informar dentro de las 24 horas cualquier derrame producido, incendios o explosiones; le pueden caber al expendedor multa sanciones de hasta 10.000 lts de nafta súper
Otras penalidades, que cotizan entre 1.000 a 6000 lts de nafta súper incluyen la falta de protección catódica en las instalaciones S.A.S.H o el no funcionamiento del sistema, no cumplir con el plazo de realización a observaciones formuladas en auditoría practicada, dotación de matafuegos incompleta, sistema contra incendios deficiente, falta de planos actualizados de las instalaciones, carencia de carteles de seguridad y rol de incendio y almacenamiento fuera de norma de envases y contenedores de combustibles o derivados.
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