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Haciéndose eco de una orden del ENARGAS, las Distribuidoras exhortaron a los operadores que cualquier modificación en las instalaciones que alteren el proyecto original, deberá ser informada y autorizada por la Licenciataria. Cuestionamiento de los especialistas.
A través de una nota enviada a las Estaciones de Carga de GNC de todo el país, las Licenciatarias de Gas informaron que cualquier modificación en la originalidad de la instalación, sea en los rubros mecánicos, civiles, de seguridad y eléctricos e iluminación, deberá informarse previamente y ser autorizada por la Distribuidora.
La advertencia surge de lo establecido por la Norma NAG 418 en su punto 3.2.A. que aprobó el “Reglamento que Rige el Procedimiento para Aprobar Instalaciones en estaciones de carga de GNC”.
Por otra parte, señalaron que para realizar las tareas solicitadas, se deberá presentar un “Plan de Trabajos”, indicando la fecha de inicio de ejecución y finalización, el cual deberá estar firmado por el Representante Técnico. Asimismo se deberá acompañar un procedimiento de de Higiene y Seguridad de las tareas a realizar.
Además, al final los trabajos, agrega el documento, “se deberá presentar conforme al plano civil registrando los cambios si los hubiere considerando la Norma en cuestión. En particular, los cambios mencionados deberán ser visados por la Distribuidora previamente y será obligatoria la presencia de ambos Representantes cuando se realicen los mismos”.
En ese sentido se dispone que para realizar las obras deberán notificarlas con un plazo de 10 días hábiles. Conjuntamente cuando se comiencen los trabajos mencionados, ambos Representantes, -Técnico y de Seguridad- deberán formalizarlos con una Acta.
CUESTIONAMIENTOS
El Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires (CIPBA) analizó la legislación vigente del sector con el objetivo de reglamentar los nuevos adelantos técnicos que han surgido para el mercado de las estaciones de servicio, por ejemplo, las luminarias Led.
En puntual, aseguran que desde el ENARGAS no hay ninguna comunicación ni decisión de reformular la NAG 418 de 1992. “Hay muchas partes de la Norma que deben ser modificadas y actualizadas”, sentenciaron.
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