Discrepan sobre su alcance
De acuerdo a los especialistas consultados por surtidores.com.ar, el fallo del Juez Federal de Córdoba, Hugo Miguel Vaca Narvaja, en contra del aumento de la tarifa del Gas, no alcanza a la “Resolución 34” y por ende, no toca el precio del gas en boca de pozo
Tanto el Asesor Legal de AES, Luis Navas, como el presidente de la Cámara Argentina de Productores de Equipos de Gas (CAPEC), Hugo Lamy, opinaron diferente a lo declarado en medios periodísticos por el Juez Vaca Narvaja, autor del fallo contra el tarifazo del Gas para las Pymes.
El magistrado había considerado en medios de prensa que su decisión de ordenar retrotraer las tarifas de gas para las medianas empresas alcanzaba a un sector de las estaciones de servicio que expenden GNC, ya que “en tanto y en cuanto estén inscriptas como Pymes ante las prestatarias del servicio, están alcanzadas por la medida cautelar.”
Vaca Narvaja expresó que en la medida que no facturen ventas por más de $ 650 millones anuales, según las escalas que establece la Ley Pyme, podrán reclamar la refacturación del servicio de gas.
Sin embargo, el titular de CAPEC, Hugo Lamy opinó en forma contraria, ya que de acuerdo a su análisis del fallo judicial, la medida no alcanza la Resolución 34/2016, por la cual el Ministerio de Energía modificó el cuadro tarifario que triplica el costo del GNC en el punto de ingreso al sistema de transporte y dispuso el cambio de mecanismo de asignación del combustible.
Para Lamy, el fallo incluye a la Resolución 28/2016 del ENARGAS, la que determina aumentos en el punto de ingreso al sistema de transporte, para el gas natural y aseguró que el verdadero problema para el sector del GNC pasa por el subsidio a las exploradoras que lleva a pagar el precio de Gas en Boca de Pozo producido en Argentina, mucho más caro que lo que sale traerlo importado de Bolivia o de Estados Unidos.
Aclaró el empresario que mientras el precio en EEUU es de 2 dólares y medio el millón de BTU, en Bolivia cuesta 3 dólares con 20, a causa de los incentivos implementados por el Estado, en Argentina, se busca que para 2019, paguemos por el gas nacional 7,50 dólares.
Denunció Lamy que de esta forma “el usuario paga el subsidio y además, el doble tributo de las tasas nacionales y el 21 por ciento del IVA”, contrariamente a lo que se hace en los países desarrollados, donde el usuario paga la excepción posteriormente a las tasas impositivas.
Descartó que el tema pase por lo que dicen en ámbitos oficiales, sobre que “falta gas”, ya que a su entender, la cuestión de la escasez del fluido es “estacional”, por lo tanto, advirtió que “el gobierno debe encontrar una ecuación correcta de precios para conseguir el abastecimiento”.
Por su parte, Luis Navas, coincidió con el empresario y destacó que “es una medida cautelar que de ninguna manera incluye al GNC tanto en los considerandos como en la resolución del fallo, ya que no toma la Resolución 34 del gas en boca de pozo, entonces no comprende lamentablemente a las estaciones de carga de GNC”.
“El fallo es muy criticable, con muy poco sustento jurídico, inclusive, no adopta las medidas que la Corte estableció para los fallos colectivos, ya que es una creación jurisprudencial de la Corte y no responde a ninguna ley del Congreso, por ende, no se adapta a lo que corresponde por derecho”, finalizó Navas.
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Cuando no haya más gas habrá que ir a reclamarselo a Vaca Narvaja. Además sería bueno que el salario de ese jues se retrotaiga a la antiguedad del cuadro tarifario que defiende