La Secretaría de Energía, ordenó a través de la Resolución 25/2000, la creación del Registro de Contratos que regula la relación entre Compañías Proveedoras de Combustibles Líquidos y Empresarios Operadores de Bocas de Expendio de Combustibles. Según la norma, las estaciones de servicio estarán obligadas a registrar los contratos de abastecimiento y comercialización de combustibles que las unen con las empresas proveedoras de combustibles bajo apercibimiento de ser sancionadas en el marco de lo previsto en la citada disposición.
Dicho formulario deberá presentarse para cada boca de expendio ligada contractualmente con empresas proveedoras de combustibles, por ante la DIRECCION NACIONAL DE RECURSOS HIDROCARBURIFEROS Y COMBUSTIBLES, el que deberá ser actualizado toda vez que se produzcan modificaciones respecto los todos o algunos de los rubros que se deben informar.
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Resolución será considerado falta grave y será sancionado con la suspensión y/o baja de los Registros previstos en las Resoluciones de la SECRETARIA DE ENERGIA Nº 79 del 9 de marzo de 1999 y Nº 419 del 27 de agosto de 1998.
El Registro