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El Senado santafesino aprobó por unanimidad un proyecto que restringe el expendio de estos productos a menores de edad. La iniciativa contempla multas y posibles clausuras para quienes incumplan.
Mientras en la provincia de Buenos Aires avanza el debate sobre una eventual flexibilización de la venta de bebidas alcohólicas en las Estaciones de Servicio, Santa Fe analiza adoptar el camino inverso con otro tipo de productos de consumo masivo. El Senado provincial dio media sanción por unanimidad a un proyecto que busca prohibir la comercialización de bebidas energizantes a menores de edad.
La iniciativa, impulsada por el senador rosarino Ciro Seisas, pasó ahora a la Cámara de Diputados, donde deberá continuar su tratamiento antes de convertirse en ley. El texto establece una serie de restricciones vinculadas con el acceso de niños, niñas y adolescentes a estos productos y toma como referencia regulaciones similares que ya rigen en Chaco y Río Negro.
El proyecto no plantea una prohibición general para las bebidas energizantes, sino que apunta específicamente a impedir que sean vendidas, suministradas, distribuidas o entregadas gratuitamente a personas menores de edad. La medida alcanzaría a cualquier modalidad de comercialización y a una amplia variedad de puntos de venta.

Entre los establecimientos incluidos aparecen supermercados y autoservicios, kioscos, comercios mayoristas y minoristas. Las Estaciones de Servicio también quedarían expresamente comprendidas dentro del alcance de la futura normativa.
El argumento central está relacionado con la cantidad de cafeína que pueden contener estos productos y con los efectos que su consumo puede generar en edades tempranas. Durante la presentación de la propuesta, Seisas comparó el contenido de una lata con las dosis de cafeína que se encuentran en determinados medicamentos.
El legislador señaló que en una farmacia los menores no pueden adquirir libremente una tableta de cafeína y planteó que una lata de una de las principales marcas del mercado puede contener entre 80 y 250 miligramos de esa sustancia, según la presentación.
La iniciativa también busca restringir el acceso dentro de los establecimientos educativos. La prohibición también alcanzaría a actividades deportivas, educativas o recreativas organizadas por instituciones escolares, incluso cuando se desarrollen fuera de sus instalaciones.
Otro capítulo está relacionado con la información al consumidor. Los comercios habilitados para vender estas bebidas deberán colocar en un lugar visible un cartel que advierta que el consumo excesivo es perjudicial para la salud y que la venta a menores está prohibida. El Ministerio de Salud santafesino será la autoridad encargada de establecer las características y ubicación de la cartelería.
La regulación también contempla las estrategias utilizadas en medios digitales. Se consideraría dirigida a menores aquella publicidad que recurra a personajes animados o ficticios, lenguaje juvenil, videojuegos, deportes extremos o determinados contenidos recreativos, así como aquella difundida en plataformas cuya audiencia esté compuesta mayoritariamente por niños, niñas y adolescentes.
Para los comercios y responsables que incumplan, el proyecto incorpora sanciones al Código de Convivencia de Santa Fe. Las multas previstas van de 5 a 50 JUS. Con el valor vigente de esa unidad desde el 1 de junio de 2026, las penalidades se ubicarían aproximadamente entre $709.000 y $7,1 millones.

La sanción alcanzaría a quien venda, expenda, suministre, distribuya o entregue gratuitamente bebidas energizantes a menores. Cuando la infracción sea cometida por el titular, responsable o dependiente de un establecimiento comercial, también podría disponerse el decomiso de la mercadería y la clausura temporal del local por hasta 30 días.
El esquema se endurecería ante una reincidencia. En esos casos, la clausura podría extenderse hasta 60 días y la multa duplicarse.
Para las Estaciones de Servicio, el eventual cambio introduce una nueva obligación vinculada con productos que forman parte de su oferta habitual. Si Diputados convierte el proyecto en ley, los operadores deberán incorporar controles para impedir la venta a menores, además de adaptar la cartelería y adecuarse a las eventuales disposiciones de la autoridad sanitaria.
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