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El Mercado Electrónico de Gas informó a través de
El Mercado Electrónico de Gas informó a través de
Se detalla la nómina a continuación:
Reventa de Capacidad de Transporte Firme (Resolución SE 739/2005, ENARGAS, 419/1997, Circular 06/2005)
El Oferente, en caso de concretarse el acuerdo, deberá abonar a MEGSA los Derechos de
Mercado, según el volumen total de
Las reventas inferiores a 1.000.000 de m3 están exentas de los Derechos de Mercado. En todos los casos, estos derechos deberán abonarse con más la incidencia correspondiente del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Intercambio, Reventa o Cesión de Servicios brindados por Prestatarias de distribución degas natural por redes (Resolución SE 739/2005, Resolución SE 606/2005, Circular 07/2005).
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