Error frecuente
Los titulares de una Estación de Servicio despidieron a un empleado que había confeccionado una factura por un importe superior al combustible que había despachado. Los jueces consideraron que la decisión no ha sido proporcional a la falta.
La Cámara Nacional de Apelaciones Sala VI rechazó el despido de un empleado de una Estación de Servicio por facturar más que lo que había cargado de combustible y condenó a la empresa a indemnizarlo.
La causa “Gómez Patricio Guillermo c/ Deheza S.A. s/ Despido”, llegó hasta esa instancia judicial luego de que el trabajador relevado de su cargo cuestionara que se haya rechazado su pretensión indemnizatoria en lo principal, por haber considerado el sentenciante de grado que la conducta asumida por el operario, resultó injuria suficientemente impeditiva de la prosecución del vínculo y, en consecuencia, justificó la conducta rescisoria adoptada por la empleadora.
Los responsables del establecimiento comunicaron la decisión a través de un telegrama colacionado: “…comunicamos que por haber facturado un importe superior a la cantidad de nafta super cargado a un cliente, $ 314 en lugar de $ 294, hecho advertido por la misma, todo lo que generó severa quejas de la misma, hecho éste que afecta los intereses de su empleador y genera la pérdida de confianza, luego de un pormenorizado análisis, el comunicamos que al solo efecto laboral, queda Ud. despedido con causa a partir del 22 de febrero de 2013…”.
Los magistrados tomaron declaración a sus compañeros para conocer como se procedía habitualmente en estas circunstancias. Todos sin excepción afirmaron que era una situación que producía a diario, “si te confundís de surtidor, o por ahí un cliente te pide cargar un precio y después te termina cargando un poco más y tenés que hacer de nuevo la factura”, explicó uno de los citados.
En su fallo consideraron que la existencia de errores en la facturación era una situación posible en el desempeño de las tareas de un operario playero, y que se recurrían a mecanismos para solucionarla.
Incluso apuntaron que el pago en dicha ocasión fue a través de una tarjeta de crédito. En el caso, surge que no se trató de un pago en efectivo que podría haber indicado alguna maniobra por parte del actor para quedarse con la diferencia facturada sino de una facturación con tarjeta de crédito; lo que en todo caso, denota un error, pero no intención de causar algún perjuicio.
“El actor pudo haber sido pasible de alguna sanción intermedia, dada la factibilidad del error y su antigüedad en las tareas; y no de la más extrema de ellas como lo es el despido”, sentenciaron, otorgándole finalmente al empleado el cobro de las indemnizaciones derivadas de la extinción del vínculo.
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como siempre el que pierde es el empleador, el empleado te roba siempre y la justicia siempre falla a favor del ladrón. Que justicia que tenemos en esta argentina por dios.
Encima que le das trabajo se da el gusto de robarte
Injusto .no se consideró que el empleado no cuida los intereses de la empresa…
5 años después, q justicia precoz la argentina
La demanda fue x el pago de indemnizacion.El sujeto fue echado y no regreso a ese trabajo.El Tribunal fallo q le corresponde cobrar la indemnizacion x despido.Es lo q dictamina la ley.Tardo 5 años en resolverse el litigio.El trabajador tiene sus derechos legales sin mella de otras cuestiones.
A la empresa lo perjudica porque después no tienen iva para vender. Porque no revisan las facturas que hacen los dueños de las estaciones.
Buenos días, Judith,muchas gracias por todo el contenido que publicáis, es muy útil. Soy cliente de Quipu y estoy muy satisfecho con el servicio, que recomiendo a todo el mundo. Tenía una duda relacionada con el asunto de esta entrada. Mi facturación está dirigida enteramente a clientes extracomunitarios (en concreto, brasileños). Como no cuento con su identificación fiscal, emito la factura sin colocar la identificación fiscal. ¿Lo estoy haciendo mal? Sé que podría hacer una factura simplificada, pero si no me equivoco, las facturas simplificadas deben llevar IVA, y para justificar que facturo sin IVA tengo que colocar la dirección del cliente. Un saludo cordial.
A los de la patronal cuando piden facturar de mas quien los castiga? siempre la cadena se corta por el eslabon mas debil y el empleado paga los platos rotos.