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El Juzgado Federal de Feria de la ciudad de Córdoba a cargo del Dr. Ricardo Bustos Fierro, hizo lugar a una medida cautelar reclamada por una estación de servicio abastecida por Refinor y dispuso retrotraer todo al momento en que la petrolera produjo unilateralmente el cese del contrato y abastecimiento. Es el primer fallo para restablecer la vigencia de
En el marco de la causa iniciada por la firma M.M.A.G. S.R.L., que opera una estación de servicio en la ciudad de Córdoba, y con el patrocinio letrado de los Dres. Dante Luis Palacios y Carlos R. Escudero, se le ordenó a la petrolera Refinería del Norte SA” (Refinor), que siguiera abasteciendo de combustibles en forma normal y habitual a la estación de servicio, hasta tanto se diera estricto cumplimiento a
La citada normativa prevé una serie de procedimientos que se deben adoptar para dejar sin combustibles a una estación, a saber:
Es de notar que el trámite no establece plazos, razón por la cual, mientras la situación se define en dependencias de
Uno de los puntos más trascendentes de la demanda es que, además de haber sido planteada por la sociedad propietaria de la estación de servicio, es también firmada por sus empleados, que han puesto de manifiesto la necesidad de preservar la fuente de trabajo, ante la imposibilidad de seguir funcionando la estación en forma normal, circunstancia que es expresamente atendida por el juez y así lo expone en su resolución.
En otro párrafo de la demanda se pone de relieve que Refinor no podía finalizar el vínculo contractual con M.M.A.G. S.R.L. sin esperar que
No se conocen antecedentes similares en el país sobre la intervención judicial para restablecer la vigencia de
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