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La Secretaría de Energía renovó las obligaciones que deben cumplimentar las estaciones de servicio al momento de suscribir un contrato de abastecimiento con una compañía distribuidora de combustibles. Los expendedores deben dar a conocer si existen cláusulas de no discriminación de precios y hasta si les otorgaron préstamos para obras
Para cristalizar aun más el mercado de las estaciones de servicio,
Según la normativa, las estaciones de servicio, tiene una gran importancia ya que de ellas depende el abastecimiento de combustibles a la población en general y a otros segmentos como la industria y el agro. En ese sentido, el organismo consideró necesario que el mercado conozca cuál es real situación de la relación contractual entre las partes, sin que esto signifique limitación alguna a la libertad de comercio.
Energía considera esencial la información respecto del vencimiento de los contratos de abastecimiento y comercialización de combustibles entre las bocas de expendio y las firmas refinadoras y comercializadoras a los fines de introducir competencia en las redes de expendio existentes, en la medida que permitirá que nuevos actores puedan realizar ofertas contando con información adecuada y veraz.
La obligación de incluirse en este padrón corresponde a los titulares de los puntos de venta, tal como establece el artículo 2º, bajo apercibimiento de ser sancionados. La información referida a los citados contratos deberá presentarse bajo declaración una para cada boca de expendio ligada contractualmente con empresas proveedoras de combustibles y deberá ser actualizada toda vez que se produzcan modificaciones respecto los todos o algunos de los rubros que se deben informar.
Entre los datos adicionales exigidos por la dependencia se incluyen, además de la fecha de firma y de vencimiento, la opción de renovación (automática o unilateral a favor de la petrolera o del estacionero), ventas en exclusividad, modalidad de venta, cláusula de no discriminación de precios, condiciones de entrega del producto y si existen prestamos para obras.
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