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El Gobierno dio a conocer la reglamentación del nuevo régimen de Promoción del Empleo Registrado, que abre una alternativa para que operadores del sector ordenen diferencias registrales o deudas previsionales con importantes beneficios.
La entrada en vigencia de la Resolución General 5862/2026 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero comenzó a generar consultas dentro del sector estacionero por los alcances del nuevo régimen de Promoción del Empleo Registrado, que habilita mecanismos de regularización laboral con importantes condonaciones de deuda y financiamiento.
Si bien la medida fue diseñada para el conjunto del sector privado, especialistas remarcaron que su impacto sobre las Estaciones de Servicio debe leerse con una particularidad: la actividad presenta históricamente elevados niveles de registración laboral derivados del marco convencional, la fiscalización y las exigencias operativas propias del negocio.

En diálogo con Surtidores, el asesor letrado de la Federación de Entidades de Combustibles, Fabián Tobalo, aclaró que “se trata de una herramienta pensada específicamente para un sector donde predomine el empleo informal, pero igualmente puede resultar útil para resolver determinados casos de registraciones deficientes o contingencias laborales”.
La resolución contempla relaciones de trabajo iniciadas hasta el 5 de marzo de 2026 y vigentes al momento de la adhesión. El beneficio alcanza no solamente a empleados no registrados sino también situaciones donde existan diferencias entre la realidad y lo declarado, como fechas de ingreso informadas posteriormente a las reales o remuneraciones registradas por debajo de las efectivamente abonadas.
El régimen incorpora también obligaciones surgidas de inspecciones y deudas que continúen en discusión administrativa o judicial, siempre que permanezcan impagas.
El abogado explicó que “muchas veces estos procesos no están vinculados con empleo clandestino sino con ajustes derivados de fiscalizaciones o diferencias registrales que terminan generando deuda previsional y que ahora cuentan con una posibilidad concreta de regularización”.
El esquema establece distintos niveles de condonación según el tamaño de la empresa. Las micro y pequeñas, junto con entidades sin fines de lucro, podrán obtener una quita del 90 por ciento del capital e intereses alcanzados; las medianas accederán al 80 por ciento y el resto de los empleadores al 70 por ciento.
Además, la normativa prevé la cancelación total de la deuda correspondiente al Sistema Nacional del Seguro de Salud, Riesgos del Trabajo y Seguro Colectivo de Vida Obligatorio respecto de los trabajadores regularizados.
Para acceder al beneficio, las empresas deberán rectificar registraciones, presentar declaraciones juradas y cancelar el remanente mediante pago contado o plan de facilidades.

Respecto del financiamiento, el asesor letrado de la FEC señaló a este medio que “para determinados operadores puede ser una oportunidad de cerrar contingencias históricas con condiciones financieras considerablemente más favorables que las habituales”.
Los planes prevén una tasa mensual del 1 por ciento y cuotas mínimas de 50 mil pesos. Las micro y pequeñas empresas podrán financiar hasta en 72 cuotas; las medianas en 48 y el resto de los empleadores en hasta 36 pagos.
La adhesión permanecerá abierta hasta el 28 de noviembre de 2026, mientras que los sistemas informáticos para iniciar los trámites estarán disponibles desde el próximo 16 de junio.
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