Tras la homologación de los acuerdos
La Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dispuso a través de la Disposición 421-E/2017, publicada en el Boletín Oficial, el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, correspondiente al CCT 371/03 de CECHA
Mediante la Disposición 421-E/2017, publicada el pasado día viernes en el Boletín Oficial, la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo fijó el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable referido al Convenio Colectivo 371/03.
De acuerdo a la citada norma legal, el monto se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
En ese sentido, la publicación refiere al acuerdo salarial suscripto entre la Federación y Sindicato de Empleados de Estaciones de Servicio (FOESGRA – SOESGyPE) y la Confederación de Entidades del Comercio de los Hidrocarburos de la República Argentina (CECHA), el cual se reproduce a continuación:
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hola alguien me puede explicar mejor que significa por favor
Que está pasando muchachos con ACUÑA? Se bajo de la lucha por las paritarias , hace más de un año que no recibimos un incremento de sueldo, que pasa ACUÑA tenes miedo ir preso vos también? Lo único que va a lograr ACUÑA es que los afiliados se desfilan .