Los acuerdos laborales para empleados de Estaciones de Servicio de la Argentina si bien cuentan con similitudes con los que se aplican en otras naciones más desarrolladas, también tienen diferencias bien marcadas. La mayoría incluyen un apartado especial sobre acoso y violencia en el lugar de trabajo
¿Cómo son los convenios laborales de empleados de Estaciones de Servicio en otros países del mundo? Para conocer en detalle las afinidades y discrepancias con los nuestros, bien vale comparar lo que sucede con el recientemente acordado entre las organizaciones empresarias españolas y el Sindicato que nuclea a los trabajadores del sector.
Uno de los puntos destacados es el salario. Su bien se ajustan a la realidad de los países europeos, poco tienen para envidiarle a los que se cobran localmente, tal como se puede advertir en el documento al pie.
Respecto a la jornada laboral, la máxima anual de tiempo efectivo es de 1.760 horas de trabajo. La jornada diaria del trabajador (a tiempo completo) no podrá ser inferior a 7 horas, ni superior a 9 horas, no pudiéndose rebasar el máximo de 251 jornadas de trabajo al año para cada trabajador afectado, y en todo caso, respetándose los descansos mínimos entre jornadas.
Asimismo se establece un calendario de forma que un empleado no trabaje más de dos domingos consecutivos, no pudiendo consistir el descanso semanal única y exclusivamente en el descanso del domingo. Cuando la jornada se realice de forma continuada será obligatorio el disfrute de un descanso de quince minutos.
En cuanto al “Complemento de Trabajo Nocturno”, este se fija en el 30 por ciento del salario base día por vendedor y por noche efectivamente trabajada. Además, quien sea responsable del manejo de dinero en efectivo por la venta de todos los productos que se vendan en la estación o tienda, recibirá anualmente, en concepto de quebranto de moneda, la cantidad de 462,27 euros anuales el expendedor, y de 605,01 euros anuales el expendedor/ vendedor, cantidad que se hará efectiva en las doce mensualidades corrientes.
El convenio dispone que para los trabajadores que decidan su jubilación voluntaria antes de cumplir los 65 años, contarán con los siguientes premios, que serán abonados en los siguientes productos en especie:
Una de las cuestiones más relevantes del acuerdo es el apartado especial sobre acoso y violencia en el lugar de trabajo. “Son inaceptables y condenables en todas sus formas”, manifiestan las partes signatarias.
Pueden afectar a las personas en sus puestos de trabajo, teniendo como características principales:
Ante situaciones de esta índole, las partes procurarán inicialmente solucionar el conflicto dentro del seno de la empresa a través de un procedimiento interno, sin perjuicio o renuncia del ejercicio de las acciones legales a las que tenga derecho la/s persona/s afectada/s.
Los empleadores, consultando con los representantes de los trabajadores, o, en su defecto, con los trabajadores, establecerán, repasarán y supervisarán estos procedimientos para asegurarse que son eficaces tanto en la prevención de problemas como en tratarlos cuando se presenten.
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