La Resolución 25/2000 creó el Registro de Contratos que regula la relación entre compañías proveedoras de combustibles líquidos y operadores de bocas de expendio. En ella se obliga a las firmas titulares de estaciones de servicio a registrar los contratos bajo apercibimiento de ser sancionadas en el marco de lo previsto en la citada disposición.
La información deberá presentarse bajo declaración jurada. Dicho formulario deberá presentarse ante la Dirección Nacional de Recursos Hidrocarburiferos y Combustibles dependiente de la Secretaría de Energía, y deberá ser actualizado toda vez que se produzcan modificaciones. Tal actualización deberá informarse dentro de los 10 días de haber operado cualquier modificación.
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Resolución será considerado falta grave y será sancionado con la suspensión o baja de los Registros
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