Activar/Desactivar Leer Página
La dependencia reiteró el procedimiento vigente para comunicar modificaciones administrativas. El trámite alcanza a adecuaciones que no impliquen obras ni alteraciones en la infraestructura.
La Secretaría de Energía recordó a los operadores de Estaciones de Servicio que se encuentra vigente el mecanismo para actualizar información en el Registro de Bocas de Expendio de Combustibles Líquidos, Consumo Propio, Almacenadores, Distribuidores y Comercializadores de Combustibles e Hidrocarburos a Granel y de Gas Natural Comprimido, creado por la Resolución SE N° 1102/2004.
La aclaración está dirigida a empresas y titulares de establecimientos que necesiten comunicar determinadas modificaciones administrativas sin que ello implique una nueva inscripción ni la tramitación de cambios vinculados a las instalaciones.

Según precisó el organismo, la actualización de datos puede utilizarse exclusivamente en casos de cambio de bandera, modificación de la denominación de la firma, actualización del domicilio legal o comercial, movilidad de tanques dentro de un mismo establecimiento o dualización de bocas de expendio. El procedimiento no contempla reformas edilicias, ampliaciones o intervenciones técnicas sobre la infraestructura existente.
Para efectuar la gestión, los interesados deben presentar una nota dirigida a la Dirección Nacional de Economía y Regulación, indicando el carácter del firmante dentro de la sociedad, los datos identificatorios de la empresa, el número de CUIT y el expediente mediante el cual se realizó la inscripción original en el registro.
Asimismo, la presentación debe incluir una descripción detallada de la modificación que se pretende informar y acompañar la documentación complementaria que respalde los cambios declarados. De esta manera, la autoridad de aplicación puede mantener actualizados los antecedentes de cada operador y garantizar la consistencia de la información contenida en las bases oficiales.
La actualización registral constituye un requisito relevante para las empresas que desarrollan actividades vinculadas con el almacenamiento, distribución y comercialización de combustibles, ya que permite reflejar adecuadamente las modificaciones societarias o comerciales que puedan producirse durante la operación de los establecimientos.

Otro de los aspectos contemplados en el procedimiento es la constitución de un domicilio físico y uno electrónico para futuras comunicaciones. Esta información resulta fundamental para asegurar la correcta recepción de notificaciones y requerimientos por parte de la administración pública.
La nota también debe incorporar una declaración jurada mediante la cual el representante de la firma certifica la veracidad de los datos aportados. Bajo ese compromiso, el firmante asume la responsabilidad legal sobre la información presentada ante la autoridad competente.
Con este recordatorio, la Secretaría de Energía busca reforzar el cumplimiento de las obligaciones registrales y evitar inconvenientes derivados de información desactualizada, facilitando al mismo tiempo la correcta identificación de los operadores habilitados para desarrollar sus actividades dentro del mercado.
DEJANOS TU COMENTARIO!