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En poco menos de noventa días, las naftas súper y Premium que se comercializan en el país deberán incluir un porcentaje de manganeso menor al actual. La decisión responde al pedido de
Actualmente y con vigencia hasta 2016 por una resolución del 2006, son 18 miligramos por litro la cantidad máxima de manganeso que deben contener los diferentes tipos de naftas en todo el territorio nacional.
La modificación introducida ayer por la resolución 188/11 rebaja el porcentual permitido a 8,3 mg/lt., teniendo en cuenta que el límite de dicha especificación se encuentra entre las más altas del mundo.
Los volúmenes de magnesio permitidos hasta la fecha habían sido autorizados por
La normativa modificada también ordena que los surtidores de naftas de todas las bocas de expendio que operan en el país deberán tener en forma perfectamente visible una leyenda con la indicación del número o índice de octano, o la clase a la cual pertenece el producto que éstos despachan. En el caso de comercializarse naftas con más de 2,7 por ciento en peso de oxígeno los surtidores deberán incluir la leyenda “Alconafta Nº“, donde Nº representa el porcentaje, en volumen, de alcohol en la mezcla.
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