URSEA responde
El organismo regulador explicó que se está dando cumplimiento a un exhorto del Poder Ejecutivo que planteó una reforma global del sector de los combustibles líquidos.
La Consulta Pública Nro. 61 “PROPUESTA DE MODIFICACIONES AL REGLAMENTO TÉCNICO Y DE SEGURIDAD DE INSTALACIONES Y EQUIPOS DESTINADOS AL MANEJO DEL GLP” de URSEA , que recibió entre el 11 de octubre y el 11 de diciembre del año pasado las observaciones, modificaciones y/o aportes de las empresas proveedoras del sector, finalmente tuvo, las respuestas del organismo de contralor, en torno a la operativa del GLP en Uruguay.
Los aportes presentados por URSEA en https://www.gub.uy/unidad-reguladora-servicios-energia-agua/comunicacion/noticias/respuestas-contribuciones-realizadas-consulta-publica-n-61, se centraron en el análisis de los aspectos técnicos y de seguridad en la operación de las microgarrafas en todo el territorio nacional.
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CUATRO CONTRIBUCIONES
Según informó la unidad reguladora, se recibieron cuatro contribuciones, que fueron remitidas por las empresas Distribuidora Uruguaya de Combustibles S.A. (DUCSA), MEGAL S.A., RABUFER LTDA. y RIOGAS S.A., que fueron evaluadas y tomadas en cuenta a fin de unificar el reglamento.
Al respecto, la propia URSEA divulgó que varios de los contribuyentes mencionaron la preocupación en cuanto a que los cambios propuestos “generen un aumento en la clandestinidad del sector o bien traerán efectos negativos”.
A modo de justificación, el organismo destacó que en esta instancia “se está dando cumplimiento a un exhorto del Poder Ejecutivo que establece directivas que enmarcan en una reforma global del sector de combustibles líquidos, y justamente, los cambios que se introducen ponen énfasis en aspectos de seguridad que de hecho ya resultan de aplicación, habiéndose detallado algunos punto”.
USOS ANTIRREGLAMENTARIOS
Sin perjuicio de ello, surge de los informes previos realizados por los técnicos de URSEA, que la problemática relativa al uso de las microgarrafas en condiciones antirreglamentarias involucra una serie de aristas que exceden la competencia del regulador, y concierne no sólo aspectos de seguridad, sino también económicos, socio-culturales, etc., por lo que se requerirá que los organismos correspondientes tomen las acciones del caso para incentivar el uso seguro de este energético o alternativos (a saber, el MIEM, el Mides, BPS, etc.).
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