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La reciente modificación en los surtidores de las Estaciones de Servicio ya no aparece registrada en la plataforma oficial que centralizaba la información sobre valores de las naftas y el gasoil.
La reciente actualización de precios en los surtidores de varias estaciones del país no se reflejó, como solía ocurrir hasta hace poco, en la plataforma oficial que permitía a los consumidores consultar los valores vigentes en tiempo real. Esto se debe a la derogación de la Resolución 314/2016, una norma clave que desde fines de ese año obligaba a las Estaciones de Servicio a informar al Estado cualquier cambio en los precios minoristas de naftas, gasoil y gas natural comprimido dentro de las ocho horas de realizada la modificación.
La decisión fue formalizada a través de la Resolución 717/2025 del Ministerio de Economía, publicada días atrás en el Boletín Oficial. Se trata de un nuevo paso en el proceso de desregulación económica impulsado por el Gobierno nacional, en línea con lo dispuesto por el Decreto 70/2023, que redefinió múltiples aspectos normativos con el objetivo de reducir la intervención estatal en la economía y favorecer la competencia.

Según detalla la resolución, la exigencia de reportar precios a un sistema centralizado constituye hoy una carga administrativa innecesaria, que afecta principalmente a las Estaciones de Servicio más pequeñas, muchas de las cuales no cuentan con la infraestructura o los recursos humanos para cumplir con este tipo de obligaciones en tiempo y forma. La medida, explican, busca eliminar barreras burocráticas que entorpecen el desenvolvimiento comercial de estos actores, especialmente en un contexto donde los precios no están regulados y dependen de la estrategia de cada operador.
“Eliminar regulaciones innecesarias resulta conducente a los fines de fomentar la eficiencia, reducir la burocracia administrativa y mejorar la competitividad de las empresas del sector”, sostiene el texto oficial. En este nuevo escenario, el Estado da un paso atrás en materia de monitoreo directo, asumiendo que los mecanismos actuales de comunicación digital, como aplicaciones móviles, redes sociales y sitios web de las petroleras y estaciones, permiten a los usuarios acceder a información actualizada de precios sin necesidad de intermediación estatal.
Además, el Ministerio plantea un argumento clave desde el punto de vista de la competencia: la publicación obligatoria y uniforme de precios podría haber tenido un efecto no deseado, al generar una tendencia hacia la alineación tarifaria entre competidores, reduciendo así la posibilidad de diferencias de precio entre bocas de expendio. En otras palabras, la obligación de publicar todos los precios podría haber favorecido un comportamiento cercano a la cartelización, debilitando los incentivos para competir mediante estrategias de precios diferenciadas.

El sistema derogado había sido impulsado en 2016 por el entonces ministro de Energía y Minería, Juan José Aranguren, en un contexto en el que el Estado intervenía de forma activa en el mercado de los combustibles y buscaba garantizar transparencia y trazabilidad en la evolución de los valores. En ese momento, el Gobierno monitoreaba los precios para evitar distorsiones, y exigía que cualquier modificación fuera reportada dentro de un plazo de ocho horas al Sistema de Información en línea del ex Ministerio.
Hoy, ese esquema fue sustituido por uno en el que se privilegia la autorregulación del mercado, bajo la premisa de que los precios deben surgir libremente de la interacción entre oferta y demanda. En este sentido, el Ministerio de Economía aclaró que continúa vigente el Sistema de Información Federal de Combustibles, creado en 2004 mediante la Resolución 1104, que permite al Estado obtener datos agregados sobre precios y volúmenes de venta en el mercado mayorista.
Otra en contra de la gente, ahora vas a ir a cargar nafta y te pides encontrar con cualquier valor
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