Resguardo ante la falta de suministro
En respuesta a las problemáticas recurrentes que enfrentaron algunas expendedoras de gas vehicular durante los días más fríos de este invierno, las cámaras empresarias han incluido una cláusula especial en sus acuerdos paritarios.
Este invierno, diversas localidades experimentaron inconvenientes significativos debido a las bajas temperaturas. Los cortes de suministro de gas natural comprimido afectaron gravemente a los estacioneros que venden este tipo de combustible, provocando días de inactividad y pérdidas económicas considerables.
Ante esta situación, los dirigentes estacioneros bonaerenses, junto con los representantes del Sindicato de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio, Garages, Playas y Lavaderos Automáticos, lograron un acuerdo salarial que contempla las posibles contingencias a las que suelen enfrentarse las Estaciones de Servicio que comercializan GNC, debido a las restricciones al fluido durante los días más fríos de este año.
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En ese contexto, el presidente de la FEC, Juan Carlos Basílico, aclaró que la cláusula incluida en el convenio no especifica en detalle las acciones a tomar ante estas circunstancias, pero valoró la creación de una figura que permita la estabilidad tanto de los empleadores como del personal afectado. “Es fundamental que tanto los dueños de las expendedoras como sus planteles de trabajo puedan contar con un marco que les brinde tranquilidad ante situaciones adversas“, expresó.
Recordó también que los estacioneros de La Plata enfrentaron múltiples problemas y quebrantos financieros por no haber podido operar con normalidad durante varios días. Esta situación no solo perjudicó a los propietarios de las estaciones, sino también a sus empleados, de diversas maneras.
Por su parte, el secretario general adjunto del sindicato de empleados de Estaciones de Servicio, Carlos Acuña (H), explicó a surtidores.com.ar que en casos de crisis real, las empresas pueden solicitar audiencias con el Ministerio de Trabajo, en conjunto con el gremio para adecuar los aumentos salariales a las posibilidades del establecimiento. “La cláusula permite solicitar reuniones con la tutela de la Secretaría de Trabajo para analizar cada caso particular, siempre con la premisa de que el trabajador reciba su aumento”, indicó.
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Este artículo 5 del CCT 488/07 no establece automáticamente los mecanismos a seguir, pero proporciona un marco para que las empresas en conflicto puedan buscar soluciones viables, garantizando así la estabilidad laboral y la continuidad de las operaciones en las Estaciones de Servicio de GNC, incluso ante cortes de suministro.
Tanto Basílico como Acuña coincidieron sobre el hecho de que la inclusión de esta cláusula en el convenio colectivo representa un paso significativo hacia la protección de los derechos de los trabajadores y la estabilidad del sector, demostrando el compromiso mutuo en abordar los desafíos que enfrentan las Estaciones de Servicio PyMES.
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