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Hasta el 31 de diciembre de 2012 se mantendrá la devolución del 5 por ciento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para los consumos pagados con tarjetas de débito. Exceptuaron las operaciones de venta de combustibles líquidos y Gas Natural Comprimido
El Gobierno nacional decidió prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2012 la devolución del 5 por ciento del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que beneficia a los consumos pagados con tarjetas de débito, con excepción de las compras de combustibles líquidos y gas natural.
Este beneficio está vigente desde hace 10 años, ya que se aplicó en noviembre de 2001 con el fin de estimular el consumo, de extender la bancarización de la población y de reducir la evasión fiscal. Se fue prorrogando en distintas oportunidades.
En los considerandos de la norma, emanada del Ministerio de Economía, se justificó que aún continúan vigentes los motivos que oportunamente dieron lugar a la implementación del mecanismo de retribución para las operaciones de compra de bienes muebles o contratación de servicios que los consumidores finales abonen mediante tarjetas de débito.
El texto, además, fundamentó que resulta aconsejable prorrogar su vigencia desde el 1 de enero de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2012. Así, las cosas, el artículo 1 de la resolución del Palacio de Hacienda extiende la vigencia de las disposiciones.
El mecanismo había sido diseñado por el ex ministro de Economía Domingo Cavallo en 2001. Luego, en 2003, el ex titular de la cartera económica Roberto Lavagna lo amplió para incluir a las compras efectuadas con las tarjetas de crédito, aunque, en este caso, la devolución del IVA alcanzaba al 3 por ciento, y eso terminó el 31 de diciembre de 2007.
De esta manera se mantiene la salvedad que había comenzado en el año 2006, que en el caso del combustible, el descuento del IVA impactaba en un 2,12% del precio final para el consumidor.
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