Comenzó a aplicarse Decreto 127 de 2014
Se exigirá un estudio de salud laboral que deberá incluir la identificación de peligros, la evaluación de riesgos, medidas correctivas y un cronograma de cumplimiento.
El Gobierno, junto con trabajadores y empresarios, elaboró un mecanismo para que cerca de 30.000 firmas de entre cinco y 50 empleados cumplan con la exigencia de incorporar servicios de prevención y salud, destacando el ministro Pablo Mieres titular del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), que “se procuró encontrar una herramienta acorde a la realidad de las de menor tamaño”.
PARA LAS ESTACIONES DE SERVICIO
Esta normativa alcanza a la totalidad de las Estaciones de Servicio de Uruguay (unas 474 aproximadamente) que a partir de ahora deberán contratar con al menos un prevencionista por establecimiento, a fin de prevenir la salud en el ámbito laboral.
El decreto 127, del 13 de mayo de 2014, es el que justamente establece la nueva normativa que desde el 1ro. de noviembre adquirió obligatoriedad, según informó el MTSS en conferencia de prensa.
De acuerdo con lo señalado por el ministro Mieres, “hasta el momento no se había encontrado un mecanismo adecuado para ponerlo en práctica, por lo que se habían establecido sucesivas extensiones en los plazos”
MECANISMOS COMPATIBLES CON LA REALIDAD
El secretario de Estado explicó que se procuró respuesta a esa situación con el objetivo de evitar una nueva prórroga para aplicar la normativa, pero “buscando mecanismos que sean compatibles con la realidad de las empresas que tienen menor tamaño”.
Tal es el caso de las Estaciones de Servicio consideradas “chicas” con plantillas de entre cinco y cuarenta y nueve trabajadores, las que, de forma obligatoria, deberán contar con servicios de prevención y salud ocupacional con equipos multidisciplinarios integrados por profesionales de la temática, “cuya función es brindar asesoramiento a empleadores y trabajadores acerca de los requisitos para establecer y conservar un ambiente laboral seguro y sano” explicó Mieres en conferencia de prensa.
PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS
El jerarca informó que las empresas que cuentan con el citado número de trabajadores deberán elaborar un plan de prevención de riesgos laborales con un técnico o profesional en prevención y salud ocupacional. El documento deberá incluir la identificación de peligros, la evaluación de riesgos, medidas correctivas y un cronograma de cumplimiento.
En dialogo con Surtidores, Mieres afirmó que “el decreto, que todavía no está en vigencia, establece que para las empresas de entre 5 y 49 trabajadores, se exigirá un estudio de salud laboral a cargo de un técnico prevencionista en lugar de un servicio permanente -y mucho más caro- de salud laboral, con una periodicidad semestral o anual”.
“Claramente es una solución mucho menos costosa para las Estaciones de Servicio” sentenció.
COSTOS
A su tiempo Michel Visillac, responsable de marketing de la empresa, SVA WORKING, dijo a Surtidores que para el caso de una estación con hasta 49 trabajadores ésta “abonaría unos 3.000 pesos mensuales, lo que le permitiría tener un prevencionista (en cumplimiento del Decreto Nro. 127 de 2014) a su disposición, que evaluara la salud laboral, para dar su diagnóstico dependiendo de lo que disponga el MTSS”.
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