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Las Cámaras de Apelaciones provinciales rechazan los planteos judiciales efectuados por los expendedores acusando de inconstitucionalidad a
La citada disposición obliga a las estaciones de servicio a efectuar pruebas químicas a los combustibles para detectar potenciales casos de evasión impositiva en el negocio de las naftas. En síntesis, la dependencia recaudadora quiere evitar que sean vendidos fuera de la región subsidiada, situada al sur del río Colorado y hasta Tierra del Fuego, los combustibles cuyos valores de comercialización son más bajos en virtud de encontrarse exentos del Impuesto a
En cada uno de los casos, el Tribunal aplica el mismo argumento: el dictado de la ley N° 26.111, que en su artículo 1º señala que los titulares de estaciones de servicio y bocas de expendio, los distribuidores, los fraccionadores y los revendedores de combustibles líquidos que se encuentren obligados a realizar el ensayo para la detección del marcador químico en sus adquisiciones de combustibles, podrán computar como pago a cuenta del impuesto al valor agregado el monto neto de impuestos correspondiente a las compras de los reactivos químicos necesarios para la detección de marcadores químicos, ambos homologados por la Administración Federal de Ingresos Públicos.
En el segundo párrafo agrega: A los fines de lo previsto en el párrafo precedente, el remanente no computado no podrá ser objeto, bajo ninguna circunstancia, de acreditación con otros gravámenes a cargo de los contribuyentes ni de solicitudes de devolución o transferencia a favor de terceros responsables, pudiendo trasladarse hasta su agotamiento, a futuros períodos fiscales del impuesto de esta ley.
Los Jueces afirman que el mecanismo de control impuesto por el Ente recaudador no implicaría un costo adicional del cual se tengan que hacer cargo exclusivamente los estacioneros, en orden a la imposibilidad de recuperar o compensar el gasto efectuado para la provisión de los reactivos químicos exigidos, para efectuar las pruebas. Por tanto, parecería equitativo, a fin de facilitar la labor del Fisco la colaboración de los contribuyentes en las tareas de control que exige
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