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Las petroleras deberán responder por la situación laboral de los empleados de las estaciones de servicio de su marca, así sean estas empresas independientes. Así lo ordenó un fallo judicial en un juicio por despido que involucró a una empleada de una boca embanderada no oficial
Un reciente fallo de
El caso se inició cuando una empleada de la estación de servicio, tras una licencia por maternidad, se consideró despedida porque le asignaron tareas de limpieza cuando antes manejaba la caja del minimercado de la estación.
La mujer obtuvo un fallo favorable en primera instancia, que le otorgó el pago de una indemnización por despido, incrementado por la situación de embarazo y las multas, de los que debían hacerse cargo ambas firmas.
Shell y el estacionero apelaron, pero
Se trata de un ciclo único que no se puede fraccionar, señaló el fallo, que indicó que Shell sólo podría desentenderse de sus obligaciones si se tratase de una actividad extraordinaria.
La sentencia se basa en el artículo 30 de
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