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Refinor incumple una medida cautelar dictada por el Juzgado Federal de Feria de la ciudad de Córdoba que obliga a retrotraer la situación al momento en que la petrolera produjo unilateralmente el cese del contrato. El expendedor exige multas de hasta 5000 pesos por día y la inmediata normalización del abastecimiento
En el marco de la causa iniciada por la firma M.M.A.G. S.R.L., que opera una estación de servicio en la ciudad de Córdoba, se le ordenó a la petrolera Refinería del Norte SA” (Refinor), que siguiera abasteciendo de combustibles en forma normal y habitual a la estación de servicio, hasta tanto se diera estricto cumplimiento a
Si bien Refinor puede exigir la revisión del fallo judicial por un tribunal superior, no le asigna el derecho a incumplir la última resolución judicial en la que se establece que debe abastecer al expendedor hasta que haya una nueva sentencia que cierre el reclamo.
Normalmente las apelaciones se conceden a los fines de tratar el fondo del asunto y revisar posibles errores en el fallo, pero sin suspender la resolución de amparo. De esta manera, el expendedor debería mantener su vínculo con la petrolera hasta que un tribunal superior resuelva definitivamente el mantenimiento o no del contrato.
Los reclamos contra la petrolera exigen multas de hasta 5000 pesos por día por los daños ocasionados al expendedor. Para poder trabajar, el estacionero debe comprar combustibles por otros distribuidores pagando hasta 30 centavos más por cada litro de nafta.
Llama la atención la ausencia de
Cuando una petrolera tiene intenciones de rescindir un contrato, en primer lugar debe enviar una notificación a
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