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La Comisión Directiva de la Federación de Entidades de Combustibles, envió un comunicado a la redacción de surtidores.com.ar en atención a la actual discusión sobre la conveniencia de establecer el autoservicio de combustibles.
En el texto, firmado por todos los dirigentes de FEC , se expresa que “en atención a la actual discusión sobre la conveniencia de establecer el autoservicio de combustibles en las estaciones de servicios y, sin perjuicio de que en la Provincia de Buenos Aires dicha práctica comercial se encuentra prohibida desde el año 2007, por la Ley 13.623 –lo que tanto torna abstracta la discusión en ese ámbito jurisdiccional, como nos lleva a la sorpresa acerca del desconocimiento de este marco normativo por parte de alguna dirigencia gremial empresaria-,
La Federación de Entidades de Combustibles observa que dicha iniciativa, que parece enfocarse a una reducción de costos laborales, desatiende un aspecto de la mayor relevancia para el sector, que es el de la seguridad del despacho. Si bien es cierto que tales prácticas se llevan a cabo en otros mercados, no debe soslayarse la más detenida consideración de los riesgos que asume el operador de estaciones de servicios, habida cuenta la inflamabilidad y volatilidad de la principal mercadería que hace a su giro comercial.
Es indudable que si pesan sobre el operador estrictas cargas en punto a normativas de seguridad y medio ambiente, debiendo prestar capacitación a su personal a cargo, sobre rol de incendios, y si por imperativo legal el empleador es responsable de la integridad psicofísica de sus trabajadores, además de responder por daños a terceros derivados de una actividad indisimulablemente riesgosa; según todas estas consideraciones, resulta difícil encontrar motivos de conveniencia para la implantación de prácticas de despacho de combustibles, que impliquen delegar esas tareas en personas indeterminadas (clientes) quienes no poseen ningún género de capacitación para operar elementos peligrosos; ello al menos en el actual estado de cosas, según los medios técnicos que se emplean en el despacho de combustibles y según los hábitos de consumo del cliente de estaciones de servicios.
A lo dicho ha de añadirse que resulta, cuanto menos, dudoso que el hipotético ahorro de costos laborales que supondría para el expendedor la implantación de esa modalidad de despacho (aún en el supuesto de que tales eventuales ahorros no deriven en mayores primas de seguros, y/o en lamentables siniestros), termine redundando en beneficio del operador; ello así, dada la asimetría de relaciones comerciales que nuestros representados mantienen con sus proveedores de bandera.
Nada garantiza al operador de estaciones de servicios que hipotéticos futuros ahorros de costos laborales no terminen siendo absorbidos por su proveedor en la ecuación económica de futuros contratos de aprovisionamiento bajo denominación de marca. Las precedentes consideraciones, creemos, ponen de manifiesto lo riesgoso de avenirse a análisis simplistas del problema del autoservicio, fogoneados desde dudosas promesas de ahorros de costos laborales.
Tan improbable resulta, también, que tal riesgosa práctica suponga un abaratamiento de los productos, en beneficio de los clientes, situación que más depende del normal funcionamiento del mercado, libre de prácticas colusorias y/o de abuso de posiciones dominantes, a las que mercados concentrados –como el mercado nacional de combustibles- resultan proclives.
No pasará inadvertido a ningún expendedor que eventuales siniestros derivados prácticas de autoservicio de combustibles pesarán exclusivamente sobre su patrimonio, como que las Compañías aseguradoras no tardarán en recalificar el riesgo de la actividad, con el consiguiente encarecimiento de las primas, tanto de riesgos civiles, como de riesgos del trabajo.
Desde la Federación de Entidades de Combustibles invitamos a los expendedores a una discusión seria de este tipo de propuestas, evaluando todos los aspectos que juegan a favor como en contra de los intereses de los operadores”.
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