Registro Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas
La Secretaría de Recursos Hidrocarburíferos, dependiente del Ministerio de Energía de la Nación, derogó los apartados de la Resolución que exigía a las empresas comercializadoras de combustibles informar las inversiones que iban a realizar el año próximo.
Finalmente y tras varios años de incertidumbre, la Secretaría de Recursos Hidrocarburíferos, dependiente del Ministerio de Energía de la Nación, dispuso suprimir una obligación que obligaba a las Estaciones de Servicio a informar las inversiones que iban a realizar el año próximo.
Se trata del Registro Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas, establecido por el Decreto N° 1.277 de fecha 25 de julio de 2012 correspondiente a la Ley N° 26.741, que declaró de “Utilidad Pública y sujeto a expropiación el 51 por ciento del patrimonio de YPF”.
Ya el año anterior, el ex titular de la dependencia, José Luis Sureda, había adelantado a Surtidores las intenciones de desactivar la normativa. Si bien admitió que las bocas de expendio estaban comprendidas dentro de sus alcances, afirmó que “vamos a sacar otra resolución eliminando la obligatoriedad de suministrar la información de inversiones, especialmente para las Estaciones de Servicio”, tal como se resolvió en la 240 E de reciente publicación en el Boletín Oficial.
De la manera que estaba planteada, la información requerida por la ya disuelta Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas, apuntaba a toda la cadena del petróleo, y aunque no hacía hincapié en las expendedoras, se desprendía que estaban incluidas en los objetivos que fija el requerimiento.
En el Registro deberán constar los datos de las empresas y sus respectivas áreas de negocios, la composición de su capital, sus balances desde 2008, deudas, honorarios y flujos de fondos e inversiones.
Del mismo modo, las compañías debían reportar información sobre reservas probadas y probables de hidrocarburos por provincia, concesión, cuenca, yacimiento y operador; inversiones realizadas o ejecutadas en 2011 y 2012,y proyectadas para 2013; capacidad de almacenaje actual y prevista (en buques tanque, camiones, vagones, ductos, esferas, cilindros, subterráneo, etc.).
El Registro también solicitaba a las compañías declarar los supuestos sobre el precio del petróleo en el mercado externo y en el país; así como previsiones sobre el tipo de cambio.
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