Fuertes multas para la estación en caso de incumplimiento
Un Proyecto de Ley ingresado recientemente al Congreso de la Nación, reclama la prohibición de expendio de combustibles en las estaciones de servicio a los motociclistas que no posean casco protector. Fija sanciones de hasta $ 6.000 para el propietario, gerente, encargado o responsable de la boca de expendio.
Una nueva iniciativa parlamentaria insiste en responsabilizar a las estaciones de servicio de obligaciones propias del Estado Nacional. Se trata del Proyecto de Ley (S-3088/14) por el cual se solicita a las autoridades arbitrar los medios pertinentes para prohibir el expendio de combustibles a los motociclistas que no posean casco protector, tanto el conductor como el acompañante.
La propuesta legislativa se sustenta en el argumento de que los accidentes de tránsito son una de las principales causas de muerte. “La seriedad del problema, que además lesiona y deja discapacitadas a miles de personas, destruye familias y provoca un perjuicio a la economía y al desarrollo del país, hace necesario estudios y una política responsable en el tema”, sostiene.
La moción aporta datos aun más escalofriantes: en 8 años las muertes por accidentes que involucran a una moto se cuadriplicaron, el numero de motociclistas fallecidos creció un 65 por ciento. Y también surge que 420 muertos corresponden a menores de 1 año lo que hace referencia a la irresponsabilidad de los padres al transportarlos.
“Gran parte de esta estadística se podría bajar con la utilización del casco protector por parte de los motociclistas, siendo la única herramienta de protección. Así como también el cumplimiento de la ley que indica que la venta de una motocicleta debe realizarse con su correspondiente casco”, explican sus impulsores. La ley 24.449 en su artículo 40 inciso j) establece, que tratándose de una motocicleta, sus ocupantes lleven puestos cascos normalizados, y si la misma no tiene parabrisas, su conductor use anteojos.
Es por ello que se exige que sean las estaciones de servicio las que deban regular su utilización. No solo de modo informativo, la iniciativa fija sanciones para el propietario, gerente, encargado o responsable del comercio de entre los $ 1500 y $6000. En caso de reincidencia en la infracción, el organismo encargado del control podrá disponer la clausura transitoria del establecimiento por un término no superior a los treinta días.
“Los importes de las multas serán destinados a los organismos competentes que tengan por objeto la prevención de accidentes viales” precisa finalmente el proyecto.
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Es una VERGÜENZA que el estado llámese Municipalidad, Provincias y Nación le tiren la pelota a las Estaciones de Servicios para EL CONTROL DEL CASCO.
Pagamos impuestos para que el Estado controle y los muchachos en vez de controlar ellos, cargan a las Estaciones con esa responsabilidad. No puede ser que un empleado privado cumpla FUNCIONES DE POLICÍA DE TRÁNSITO!
COMO DE COSTUMBRE SOLUCIONES FACILISTAS Y CON MULTAS SOBRE LAS EESS, esto es el colmo!!!
Encima de la inseguridad tenemos q hacer eso sigan así y cada vez nos van a cagar a palos con ganas en las estaciones te quiero ver cuando le digas q no le vas a cagar a los nenes. Que País loco
Los 420 muertos menores de un año que dice el informe habran ido manejando la moto a la estacion de servicio ? No creo que sea el caso. Ahora yo me pregunto , si un motociclista sin casco no podra cargar combustible me imagino que tampoco podra entrar a un shoping, o parar a comprar un helado o una piza. Porque solo prohibir un articulo al infractor ?
¡Excelente iniciativa! Deleguemos en los ciudadanos para que ejerzan en forma gratuita lo que los funcionarios tienen asignado y para lo cual reciben una retribución.
Tengo más ideas: 1- Al pasar por un peaje el conductor deberá exhibir su carnet al día o quedará retenido. 2- A la salida de los colegios los maestros retendrán a los alumnos cuyos padres o transportes escolares paren en doble fila. 3- Para ingresar a un cine habrá que presentar el impuesto inmobiliario al día o no se le venderá entrada. 4- Ningún asalto a mano armada será válido si el asaltante no presenta su habilitación para portar armas. 5- El delivery no tiene carnet, casco, seguro o papeles de la moto, la pizza quedará retenida sin obligación de abonarla. 6- El legislador deberá demostrar acabada idoneidad antes de postularse para un cargo o no percibirá dieta.
Que mal lo veo para los que trabajamos en zonas picantes.mi caso zona oeste … por no cargarle sin casco saco un arma y me robaron. Hay gente que te sabe entender y otras que no …te insultan te agreden y lo peor te roban y tu jefe te lo descuenta del sueldo … el momento que pasas es horrible .